Corte declara constitucionalidad de estado de excepción por inseguridad
Nueve provincias del país seguirán en estado de excepción, por grave conmoción interna, hasta el 18 de diciembre de 2021. Militares pueden colaborar con la Policía Nacional.
Militares realizan operativos de control de armas, el 19 de octubre de 2021, en Guayaquil, después del decreto de estado de excepción.
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La Corte Constitucional declaró, este lunes 29 de noviembre de 2021, la constitucionalidad del decreto ejecutivo con el que el presidente Guillermo Lasso alargó el estado de excepción en:
- El Oro
- Guayas
- Santa Elena
- Manabí
- Los Ríos
- Esmeraldas
- Santo Domingo
- Pichincha
- Sucumbíos.
A mediados de octubre, debido al aumento en la actividad delictiva, Lasso había decretado el estado de excepción con una duración de 60 días. Pero, la Corte lo redujo a la mitad por falta de fundamentación.
Sin embargo, Lasso volvió a emitir un nuevo decreto prolongando la medida. Y esta vez la Corte sí dio pasó a los 30 días adicionales.
En su dictamen, el organismo indicó que la movilización de las Fuerzas Armadas (FF. AA) se restringirá a los operativos en los que cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la Policía Nacional, siempre que se encuentre suficientemente justificada su intervención y respete el principio de proporcionalidad.
Además, la Corte dispuso a Lasso que, una vez que concluya la medida, remita a la Corte Constitucional el informe correspondiente que deberá contener:
- Las medidas concretas adoptadas para superar la crisis por el desbordamiento de los actos delictivos.
- Las acciones que se adoptarán a corto, mediano y largo plazo, a efectos de fortalecer el sistema de seguridad interna del Estado.
Finalmente, la Corte recalcó que es deber del Estado articular y adoptar medidas oportunas y eficaces para superar los efectos estructurales que ocasionan los graves problemas del incremento en la actividad delincuencial.
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