Seis decisiones cruciales de la Corte Constitucional que inicia su renovación
Tres jueces de la Corte Constitucional serán seleccionados por sorteo para que dejen su cargo, en la primera renovación del organismo desde su posesión, en febrero de 2019. Su gestión queda marcada por cruciales decisiones en temas de derechos humanos.
Colectivos de mujeres piden la despenalización del aborto en casos de violación en las afueras de la Corte Constitucional, el 28 de abril de 2021.
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La Corte Constitucional cumplirá tres años en febrero de 2022, un tiempo en el que ha logrado mantenerse como una institución sólida, sin polémicas y con mucho trabajo. Este 20 de agosto, comenzará su proceso de renovación parcial, en el que tres jueces deberán dejar el organismo y ser reemplazados.
El 5 de agosto de 2021, el presidente de la Corte, Hernán Salgado, solicitó a las funciones del Estado que remitan los nombres de sus delegados, quienes integrarán la comisión de selección de los nuevos tres magistrados. La Constitución contempla un proceso que involucra al Ejecutivo, al Legislativo y a Transparencia y Control en la renovación parcial.
El proceso de reemplazo de los jueces constitucionales será clave para el organismo. La institución ha tenido una reconocida actuación en estos tres años, con decisiones en materia de derechos humanos que venían postergándose por largo tiempo.
Tres años con sentencias y dictámenes cruciales
Los nueve magistrados constitucionales fueron seleccionados después de que el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio cesara a los anteriores. Ellos fueron señalados por presunta corrupción.
La evaluación de los cesados mostró vinculaciones políticas de los jueces, y analizó una muestra de casos que evidenciarían actuaciones poco independientes de su parte. Entre los magistrados cesados estaba Pamela Martínez, exasesora del presidente Rafael Correa y principal testigo en el caso Sobornos.
En ese contexto fueron posesionados los nueve jueces, que enfrentaban el reto de una institución golpeada por escándalos como el del caso Cervecería Nacional; además de una gran cantidad de causas represadas.
Según la información del Consejo Transitorio, había 3.187 casos en los despachos de los nueve jueces, entre los que constaban causas desde 2009. Es decir, que el trámite de los procesos no era cronológico.
Por ello, una de las primeras decisiones de la nueva Corte fue establecer el trámite cronológico para el despacho de las causas. Las decisiones fueron saliendo poco a poco.
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Matrimonio igualitario
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Apenas meses después de posesionarse, en junio de 2019, la Corte Constitucional dio paso al matrimonio entre personas del mismo sexo. A su vez, los magistrados declararon la inconstitucionalidad de dos artículos que permitían acceder al matrimonio solamente a las parejas heterosexuales. La decisión generó el rechazo de sectores más conservadores, que pedían el respeto de la "familia tradicional".
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Error inexcusable
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En agosto de 2020, la Corte emitió una sentencia que eliminó definitivamente el "error inexcusable", una figura demasiado amplia que permitió destituir jueces y fiscales por decisión del Consejo de la Judicatura. La sentencia se basó en la destitución de dos jueces de la Corte Nacional de Justicia, en un caso entre el Servicio de Rentas Internas (SRI) y OCP Ecuador de 2013. La decisión de la Corte puso fin a esta figura que había recibido críticas internacionales por su amplitud y por constituir una revisión de las sentencias de los jueces.
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Aborto por violación
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En abril de 2021, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de una parte de un artículo del Código Integral Penal (COIP), con lo que despenalizó el aborto en los casos de violación. La sentencia determina que las mujeres que hayan sido víctimas de este delito podrán acceder gratuitamente al aborto, de acuerdo a una Ley que deberá aprobar la Asamblea, y que aún está en trámite. El análisis de la Corte se basó en que procesar penalmente y encarcelar a las mujeres que hayan abortado contraviene la Constitución y los tratados internacionales de los que Ecuador es suscriptor. La decisión también causó el rechazo de los sectores más conservadores, que defienden "la vida desde la concepción".
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Reglamento del uso progresivo de la fuerza de las FF. AA.
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En mayo de 2020, casi un año después de su aprobación, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del Reglamento de Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza. Ese documento había sido aprobado por el Ministerio de Defensa, después del paro nacional de octubre de 2019. Según la Corte, el Reglamento es inconstitucional, ya que “genera consecuencias directas en el ejercicio de los derechos a la vida e integridad personal”. La sentencia señala que el exministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, excedió las atribuciones conferidas a los ministros de Estado en la Constitución al expedir dicho reglamento. Sobre la posibilidad de que las Fuerzas Armadas actúen de manera complementaria a la Policía, en materia de seguridad interna y orden público, la Corte determinó que es inconstitucional porque va en contra de las atribuciones constitucionales de cada entidad.
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Estado de excepción en las cárceles
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El tema carcelario ha sido uno de los prioritarios para la Corte Constitucional, y ante la crisis y los continuos estados de excepción, esa institución ha tomado un papel de vigilancia activa. En octubre de 2020, tras un nuevo estado de excepción en las cárceles, la Corte ordenó al Gobierno elaborar un plan debidamente financiado para enfrentar la crisis. Además solicitó informes periódicos sobre la situación dentro de los centros penitenciarios.
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Restricciones durante la pandemia
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El papel más crucial de la Corte Constitucional sobre la pandemia ha sido la revisión de los estados de excepción, dictados para poder restringir los derechos ciudadanos. En este caso, la Corte tuvo que frenar las restricciones al gobierno de Lenín Moreno en varias ocasiones, por el abuso de los estados de excepción, sobre todo por su falta de justificación. En los dos últimos estados de excepción decretados por Guillermo Lasso, la Corte ha insistido en la necesidad de que las restricciones se puedan tomar en el régimen ordinario. Para esto, la Asamblea tramita una ley, pero sin mayor premura.
El proceso de renovación parcial
La renovación parcial de la Corte Constitucional se da cada tres años. A través de un sorteo, tres de los magistrados serán seleccionados para abandonar la institución.
La renovación se hace a través de una comisión de selección. Está integrada por dos delegados del Ejecutivo, dos del Legislativo y dos de la Función de Transparencia y Control Social. Estos comisionados deberán cumplir los mismos requisitos e impedimentos que se exigen para ser juez de la Corte. Estos son:
- Ser ecuatoriano y encontrarse en ejercicio de sus derechos políticos.
- Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido.
- Haber ejercido "con probidad notoria" la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas por mínimo 10 años.
- Demostrar probidad y ética.
- No pertenecer ni haber pertenecido en los últimos 10 años a la directiva de ningún partido o movimiento político.
Estas tres funciones del Estado también deberán postular a los candidatos a magistrados constitucionales. El proceso de selección incluye un concurso de méritos y oposición, más una comparecencia oral.
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