Corte Constitucional limita nuevamente el estado de excepción
Los indígenas en las afueras de la Casa de la Cultura.
Jonathan Machado
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La Corte Constitucional emitió su segundo dictamen de constitucionalidad sobre el decreto ejecutivo 888, que amplió algunos puntos establecidos en el decreto de estado de excepción.
El decreto 888 oficializó el traslado de la sede de gobierno a Guayaquil y determinó la restricción de la circulación entre las 20:00 y las 05:00 en las "áreas aledañas" a ciertos edificios del Estado.
Al respecto, la Corte Constitucional dispone que estas "áreas aledañas" sean claramente delimitadas y permitan brindar certezas a la ciudadanía.
Es gobierno dio una lista de instituciones en cuyos alrededores no se puede circular en ese horario, sin embargo no informó sobre un perímetro o cuántos metros a la redonda rige esa restricción.
El 8 y 9 de octubre, hubo desalojos en el parque de El Arbolito, que esta al lado de la Contraloría, una de las instituciones en las que rige esta medida de control. Sin embargo, ese parque es el principal punto de concentración de los indígenas que rechazan la eliminación del subsidio a la gasolina extra y al diésel.
El dictamen de la Corte también declara que no se ha autorizado la disolución de concentraciones y manifestaciones de protesta pacífica.
La Corte también le recuerda al Ejecutivo que las garantías jurisdiccionales y del debido proceso no se encuentran suspendidas durante el estado de excepción.
Organizaciones de derechos humanos como Cedhu e Inredh han denunciado detenciones arbitrarias y vulneraciones a los derechos humanos durante las jornadas de protesta contra las medidas económicas del gobierno.
Otro de los requerimientos de la Corte se dirige a la Fiscalía, a la que pide que investigue los actos de violencia y a los responsables por el uso excesivo de la fuerza.
Además dispone a la Defensoría del Pueblo que continúe su monitoreo y seguimiento de las medidas dispuestas en los dos decretos ejecutivos.
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