Crimen organizado: estos son los siete delitos que tendrán penas de cárcel de hasta 30 años en Ecuador
Después de que las reformas penales, planteadas por el presidente Daniel Noboa, fueron aceptadas por la Asamblea Nacional, solo queda que se envíen al Registro Oficial para su entrada en vigencia. Los delitos de delincuencia organizada y de minería ilegal tuvieron los mayores cambios.
Imagen referencial de un operativo policial contra la minería ilegal en Zaruma, el 4 de abril de 2024.
@PoliciaEcuador
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Después de que la Asamblea Nacional aceptara las reformas penales planteadas por el presidente Daniel Noboa, como resultado de la consulta popular, las penas para las personas implicadas en delitos de delincuencia organizada y de minería ilegal son los que tuvieron más ajustes.
En ambos casos no solo se plantearon las mayores penas, sino que el incremento de las sanciones con relación a los artículos vigentes del Código Orgánico Integral Penal (COIP) fue radical.
Una vez que el Primer Mandatario revise el proyecto legal y lo remita al Registro Oficial, este será publicado y las nuevas penas entrarán en vigencia.
Sin embargo, solo se podrán aplicar para los delitos que se cometan a partir de ese momento, ya que las reformas no son retroactivas. Es decir, quienes hayan sido acusados de la docena de delitos tratados en las reformas, deberán ser juzgados con las sanciones vigentes en el momento del cometimiento del delito.
Esta reforma planteó penas de entre 26 y 30 años para siete delitos penales. Pero, en cinco de ellos esto implicó solamente un incremento de cuatro años de prisión.
Mientras que, en otros casos, aunque no se llegó a la pena máxima de 30 años de prisión, el cambio en el tiempo de rehabilitación social fue radical, con incrementos de entre 15 a 17 años.
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