Traspaso de bienes ilícitos al Estado: qué dice la pregunta K de la consulta y referendo
El Gobierno quiere simplificar el procedimiento para que el Estado pase a ser titular de los bienes de origen ilícito o injustificado.
Mansión ubicada en Santa Elena cuya negociación involucraría a Xavier Jordán. 8 de junio de 2022
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El 21 de abril de 2024, los ecuatorianos volverán a las urnas para responder 11 preguntas del referendo constitucional y consulta popular. En esta ocasión, el Consejo Nacional Electoral (CNE) optó por enlistar los casilleros de las preguntas en orden alfabético, desde la letra A hasta la letra K.
El texto de la pregunta K que irá a votación es el siguiente:
La poca efectividad de la Ley de Extinción de Dominio en la práctica hizo que el presidente Noboa plantee una pregunta para reducir el procedimiento ya existente para que el Estado se apropie de los bienes ilícitos.
El anexo plantea que sea la misma Asamblea la que tramite una reforma en un plazo de 60 días. El proyecto será remitido igualmente por el Ejecutivo en un plazo de cinco días tras la publicación de los resultados de la consulta. El documento no establece cuál será el detalle de la reforma.
¿Qué dice la legislación actual?
- El Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica y sanciona los delitos de lavado de activos, omisión de control de lavado de activos, terrorismo, financiación del terrorismo, delincuencia organizada y otro tipo de delitos que generan recursos económicos que pueden ser objeto de lavado de activos
- El artículo 2 de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio dice que la Ley se aplicará sobre los bienes de origen ilícito o injustificado o destino ilícito localizados en el Ecuador
- La aplicación de medidas como la extinción de dominio permiten que los bienes o activos de origen ilícito o injustificado puedan pasar a propiedad del Estado
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