Sentencias completas en prisión: esto dice la pregunta H de la consulta y referendo
El Gobierno plantea una nueva reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) para que los condenados por 12 delitos específicos no accedan a régimen semiabierto.
Imagen referencial de la cárcel de Santo Domingo.
FF.AA.
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El 21 de abril de 2024, los ecuatorianos volverán a las urnas para responder 11 preguntas del referendo constitucional y consulta popular. En esta ocasión, el Consejo Nacional Electoral (CNE) optó por enlistar los casilleros de las preguntas en orden alfabético, desde la letra A hasta la letra K.
El texto que irá a votación sobre el cambio en el régimen penitenciario dice:
Con esta pregunta, el Ejecutivo busca que las personas que comentan delitos contra la seguridad pública se vean obligados a cumplir con toda su sentencia en prisión, sin poder acceder a los regímenes semiabierto o abierto.
En la lista están:
- Financiación del terrorismo
- Reclutamiento de menores con fines delictivos
- Secuestro extorsivo
- Producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización
- Actividad ilícita de recursos mineros.
- "Armas de fuego, municiones y explosivos prohibidos o no autorizados (sic.)"
- Tenencia y porte no autorizado de armas
- Extorsión
- Revelación de identidad de un agente encubierto, informante, testigo, persona protegida o funcionario judicial protegido
- Tráfico de influencias
- Oferta de realizar tráfico de influencias
- Testaferrismo
Según el anexo de la pregunta que consta en la papeleta, si la pregunta es aprobada, el Ejecutivo remitirá a la Asamblea, cinco días después de publicados los resultados de la consulta, un proyecto de reforma al COIP.
La Asamblea, dice el texto, deberá debatir y aprobar la reforma en 60 días.
¿Qué dice actualmente el COIP?
El artículo 697 del COIP define al régimen de rehabilitación social cerrado como el período de cumplimiento de la pena que se iniciará a partir del ingreso de la persona sentenciada a uno de los centros de privación de libertad.
El artículo 698 del Código, en cambio, define al régimen semiabierto como el proceso de rehabilitación social de la persona sentenciada que cumple con los requisitos y normas del sistema progresivo para desarrollar su actividad fuera del centro de ejecución de penas. Para acceder a este régimen se requiere el cumplimiento de por lo menos el 60% de la pena impuesta.
Y, finalmente, el artículo 699 COIP define al régimen abierto como el período de rehabilitación social tendiente a la inclusión y reinserción social de la persona privada de libertad. Para acceder a este régimen se requiere el cumplimiento de por lo menos el 80 % de la pena.
El Gobierno quiere que, al aprobar la reforma, las personas sentencias por los 12 delitos señalados no puedan acceder al régimen semiabierto y abierto, cumpliendo de esta forma su condena en el régimen cerrado
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