Corte Internacional de Justicia rechaza pedido de medidas provisionales de México contra Ecuador
Aunque la Corte Internacional de rechazó el pedido de medidas cautelares, recordó que la inviolabilidad de las embajadas es un principio fundamental para el desarrollo de las relaciones de los Estados.
El 30 de abril de 2024 fue la primera audiencia de la Corte Internacional de Justicia de la Haya sobre el caso iniciado por México contra Ecuador, por el asalto a su embajada en Quito.
EFE
Autor:
Actualizada:
Compartir:
La Corte Internacional de Justicia (CIJ, máximo tribunal de la ONU) se pronunció este jueves, 23 de mayo de 2024, sobre el pedido de medidas cautelares presentado por México contra Ecuador por la invasión de su embajada en Quito.
Esta audiencia se instaló a las 15:00 (hora en Países Bajos) y 08:00 de Ecuador en el Palacio de la Paz de La Haya, sede de la Corte. Asistieron las delegaciones de México y Ecuador.
El juez Nawaf Salam, presidente del Tribunal, dirigió la sesión. Tras un recuento de las alegaciones dadas por los dos países, el magistrado leyó la resolución.
El Tribunal de la CIJ considera que las circunstancias actuales no requieren que se dicten medidas provisionales.
¿Qué pedía México?
México había pedido a la Corte Internacional de Justicia que disponga las siguientes medidas cautelares o provisionales contra Ecuador, mientras se resuelve la demanda:
- Que el Gobierno ecuatoriano adopte medidas para brindar plena protección y seguridad de los locales diplomáticos de México, sus bienes y archivos, evitando cualquier forma de intrusión.
- Que Ecuador permita al gobierno mexicano despejar las sedes diplomáticas y las residencias privadas de los agentes diplomáticos.
- Que el Gobierno garantice que no se tomen medidas que perjudiquen los derechos de México respecto de cualquier decisión que la Corte pueda tomar.
- Que el Estado ecuatoriano se abstenga de cualquier acto o conducta que pueda agravar o ampliar la controversia que conoce la Corte.
La resolución de la Corte
Tribunal argumentó que Ecuador ya ha garantizado a México el "respeto y protección" de las instalaciones, bienes y archivos de la Embajada de México en Quito.
La Corte considera que las seguridades dadas por Ecuador abarcan las preocupaciones expresadas por México en su solicitud de medidas cautelares.
Las garantías dadas por Ecuador incluyen el compromiso de "proporcionar plena protección y seguridad a los locales, bienes y archivos" de la misión diplomática de México en Quito.
También garantiza que permitirá el desalojo de dicha misión y de las residencias particulares de mexicanos.
La resolución de la Corte se basa en esas seguridades dadas por Ecuador, tanto por escrito como durante las audiencias públicas, para concluir que no se requieren medidas provisionales.
Y concluye que, en estas circunstancias, "no existe un riesgo real e inminente de daños irreparables" para México.
Corte reafirma importancia de la Convención de Viena
Sin embargo, el Tribunal de Justicia subraya la importancia de los principios consagrados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
Recuerda que la inviolabilidad de los enviados diplomáticos y de las embajadas es un principio fundamental para el desarrollo de las relaciones entre Estados.
En el siguiente documento puede leer la resolución completa de la CIJ.
El inicio de la tormenta diplomática
El 5 de abril de 2024, la Policía ecuatoriana irrumpió en la embajada de México en Quito para arrestar al exvicepresidente Jorge Glas.
Días más tarde, México presentó ante la CIJ una demanda y un pedido de medidas provisionales.
Las representaciones diplomáticas de los dos países expusieron sus argumentos orales ante la CIJ el 30 de abril y el 1 de mayo, en La Haya.
En esas audiencias, México sostuvo ante la CIJ que la invasión armada a su embajada "debe tener consecuencias", y Ecuador alegó que ese asalto ocurrió en "circunstancias muy excepcionales".
Compartir: