En Guayaquil se resolverá apelación a la devolución de bienes de los Isaías
La Corte Provincial del Guayas analizará el fallo que dio paso a la devolución de bienes a los hermanos Roberto y William Isaías. Este es uno de los cinco casos judiciales entre el Estado y los exdueños de Filanbanco.
Los hermanos Roberto y William Isaías (de Izq. a Der), expropietarios de Filanbanco, en una foto de archivo.
Fondo de Salud Isaías Dassum
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En julio de 2019, los hermanos Roberto y William Isaías presentaron una solicitud de medida cautelar autónoma. El caso recayó en el despacho de Johnny Lituma, juez de la Unidad Norte 2 de Guayaquil.
El magistrado falló a favor de los exdueños de Filanbanco, y dispuso que el Servicio de Gestión Inmobiliaria (Inmobiliar) "se abstenga de realizar enajenación al amparo de ningún título de los bienes que constan en varias resoluciones administrativas."
Lituma ordenó la medida con base en el dictamen del Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Desde esa sentencia de 2019, el Estado, a través de la Procuraduría, el Banco Central e Inmobiliar, empezaron el camino para levantar la medida. Y en los tres pedidos de revocación, el juez Lituma los rechazó.
La medida cautelar estuvo vigente por cuatro años, hasta que en febrero de 2022, una vez más, el Ministerio de Agricultura e Inmobiliar presentaron la revocatoria. Nuevamente, Lituma favoreció a los Isaías.
Luego el 3 de mayo de 2022, el magistrado Lituma transformó la medida cautelar en una acción de protección.
Y a través de esa acción resolvió la devolución total de bienes y acciones de compañías incautadas a los Isaías en 2008. Incluso, se ordenó el pago de una reparación económica.
La Procuraduría apeló este fallo ante la Corte Provincial de Guayas, el 16 de mayo de 2022. Y la audiencia, finalmente, se realizará a las 14:00 de este 15 de agosto de 2022.
El juez Lituma, en la mira
Luego de los cuatro años de proceso, alrededor de la devolución de los bienes incautados, la Procuraduría ha identificado cinco irregularidades del juez Lituma.
- Cambiar el sentido del dictamen del Comité de la ONU para otorgar las medidas cautelares.
- Otorgar medidas cautelares sin un plazo definido.
- Mantener las medidas durante cuatro años, sin motivar los rechazos a las solicitudes de revocatorias.
- Cambiar las medidas cautelares a acción de protección, violando la regla emitida por la Corte Constitucional en una sentencia del 15 de noviembre de 2016.
- Analizar por su cuenta los recursos de apelación, pese a lo que dice la jurisprudencia.
Por estas razones, el 18 de julio de 2022, la Procuraduría recusó al juez Lituma para que sea separado de la acción de protección.
Pero, la jueza Rosemary Tenesaca negó la demanda y argumentó que el proceso se inició como medida cautelar y no como acción de protección.
El pasado 4 de agosto de 2022, la Procuraduría presentó una denuncia administrativa ante el Consejo de la Judicatura y busca la suspensión por 90 días de Lituma.
Y en la audiencia de este lunes se pedirá la declaratoria de error inexcusable como paso previo para la destitución del juez.
Cinco procesos conectados
Los cinco procesos del caso Isaías se desprenden de la crisis bancaria de 1998. Los hermanos eran dueños de Filanbanco, que recibió créditos de liquidez del Estado. Pero, el banco no pudo recuperarse y tampoco cumplió con los compromisos con el país.
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Primer fallo en 2016
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El 6 de junio de 2016, el Comité de Derechos Humanos de la ONU emitió un dictamen sobre una comunicación enviada por los hermanos Isaías Dassum. Este es el primer proceso en relación a este caso entre los banqueros y el Estado ecuatoriano. Los empresarios alegaron presuntas vulneraciones a sus derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos por parte del Estado.
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Pedido de devolución de bienes
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Con base a lo logrado en 2016, los Isaías presentaron la solicitud de medidas cautelares que desencadenó en la orden de devolución de bienes. Según la sentencia de este segundo proceso, el Comité de la ONU certificó que hubo una violación al derecho a la propiedad de los Isaías. Para la directora de Derechos Humanos de la Procuraduría, María Fernanda Álvarez, esto es falso. Dice que el Comité no trató nada sobre el derecho a la propiedad, ya que este no forma parte del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Agrega que el organismo internacional resolvió una violación al debido proceso. Y solicitó a Ecuador asegurar que los procesos civiles se desarrollen en el marco de la legalidad.
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Proceso en Estados Unidos
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Luego, el Estado llevó el caso a la Corte de Florida, en Estados Unidos, originando un tercer proceso en el caso Isaías. En esa jurisdicción, desde 2013, se sustancia un juicio interpuesto por Ecuador para recuperar los bienes que los Isaías llevaron a ese país. Se pretende la recuperación de USD 200 millones o el saldo que los banqueros debería pagar tras la incautación de sus bienes.
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Juicios de insolvencia a favor de los Isaías
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Inicialmente, la justicia estadounidense había fallado a favor de Ecuador sobre el pedido de reparación económica a los Isaías. Pero luego se resolvieron dos juicios de insolvencia (cuarto y quinto proceso) de los hermanos Isaías en Ecuador, y el juez estadounidense desestimó el caso, considerando que la deuda ya estaba saldada. Y el 3 de agosto de 2022, la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito de la Florida rechazó la apelación de Ecuador a esa desestimación. Ahora, la Procuraduría analiza nuevas acciones para conseguir que los Isaías paguen.
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