Ecuador: Los policías y militares también deberán registrar su perfil genético
Hasta el 15 de marzo, 3.794 presos entregaron una muestra de su ADN para ser registrados en la Base de Datos de Perfiles Genéticos del Estado. A esta lista se sumarán policías, militares, guías penitenciarios, entre otros.
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La toma de muestras de ADN en las cárceles del país, para obtener el perfil genético de los presos, generó debate y dudas sobre sus fines y aplicación. Pero el Servicio de Atención a Personas Privadas de Libertad (SNAI) respondió que el objetivo es 'forense y humanitario'.
Pero, ¿de qué se trata? El perfil genético o huella genética es la información contenida en las secuencias de ADN de cada persona y es diferente en cada individuo. Esto lo convierte en un identificador personal intransferible, como las huellas digitales o los documentos con registros únicos, como el número de cédula.
En la medicina forense, el perfil genético permite contrastar las muestras extraídas de un sospechoso y las encontradas en la escena de un delito. Así como también en investigaciones forenses relacionadas sobre muertes violentas: homicidios, femicidios, suicidios y siniestros de tránsito. E incluso en casos de desastres naturales o antrópicos.
Por ejemplo, en el procedimiento que se realiza en las cárceles, los funcionarios que llevan a cabo la toma de muestras explican a los internos que este registro servirá para identificarlos en caso de una masacre, explicó el Gobierno.
Según las autoridades, el SNAI trabaja en conjunto con los peritos del Servicio Nacional de Medicina Legal y de la Fiscalía, para recolectar las muestras a través de hisopado bucal. Y, entre el 21 de enero y el 15 de marzo, habían conseguido que 3.794 presos se registren.
Medicina Legal afirmó que el proceso se realiza con respeto a los derechos humanos, conforme la ley y la voluntad expresa de los privados de libertad, quienes, sostiene, "fueron informados en legal y debida forma".
El comunicado oficial añade que la recolección de muestras alcanzará a "diversas poblaciones", para la creación de la Base de Datos de Perfiles Genéticos, que incluye:
- La población carcelaria.
- Las personas investigadas, procesadas y sentenciadas por delitos penales.
- Perfiles genéticos de indicios de la escena del crimen.
- Personas que requieran permiso o autorización para el porte de armas.
- Miembros activos de la Policía Nacional y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
- Funcionarios de Vigilancia Aduanera, Comisión de Tránsito (CTE) y de Seguridad Penitenciaria.
¿Cómo se regula el manejo del perfil genético?
El Sistema Especializado Integral de Investigación de Medicina Legal y Ciencias Forenses está conformado por la Fiscalía, los ministerios del Interior y de la Mujer y Derechos Humanos, y el Consejo de la Judicatura.
El 20 de diciembre de 2022, el Comité Directivo aprobó el Reglamento para la creación y administración de la base de datos de perfiles genéticos con fines de investigación forense y humanitarios.
En ese momento el Comité estuvo integrado por la fiscal Diana Salazar, el expresidente de la Judicatura, Fausto Murillo, el exmnistro Juan Zapata y una delegada del Ministerio de la Mujer, Elizabeth Zhunio.
El documento regula la creación, alcance y administración de la base de datos, la toma de muestras y el cotejamiento de los perfiles genéticos. Y enumera las entidades de seguridad y las personas que deberán someterse al proceso.
La base de datos será administrada por las dos entidades que cuentan con los laboratorios de genética forense: Medicina Legal y la Fiscalía General. Y la información contenida será confidencial y utilizada de manera exclusiva en el marco de investigaciones penales.
En ese caso, el Reglamento establece que la toma de muestras será voluntaria y que en caso de negativa del consentimiento, el fiscal competente solicitará a la autoridad judicial que emita la disposición para la toma. Pero ninguna persona podrá constreñida u obligada.
Cuando no se trate de casos penales, la toma de muestras de funcionarios públicos, voluntarios o demás personas requeridas por la normativa, se realizará a través de personal civil autorizado por Medicina Legal.
Los médicos legistas, peritos, servidores policiales o civiles autorizados serán los responsables de la cadena de custodia del material recolectado. Y solamente Medicina Legal y la Fiscalía podrán obtener los perfiles genéticos determinados.
El tiempo de permanencia en la base de datos puede variar:
- Los registros obtenidos en escenas de los hechos, a través de indicios, permanecerán en la base de datos de manera indefinida.
- Los que se tomen de los sospechosos, se eliminarán solo en caso de que la Fiscalía no formule cargos, se archive la investigación, se dicte sobreseimiento o sentencia de inocencia.
- Los de los policías, militares y otros funcionarios de seguridad, así como de las personas que tengan autorización para tenencia y porte de armas, podrán ser eliminados solo cuando ya no esté vigente el motivo por el que se realizó el registro.
- En el caso de voluntarios con fines de investigación forense o humanitarios no serán registrados en la base de datos y se utilizarán solo para el cotejamiento definido.
Según el Reglamento, Medicina Legal tiene un plazo de dos años para implementar la base de datos de perfiles genéticos, tanto de la población penitenciaria, como de las fuerzas del orden. Es decir, hasta el 20 de diciembre de 2024.
Además, las autoridades establecieron un plazo de 90 días, posteriores a la aprobación del Instructivo para la implementación de la base de datos, para que se reforme el trámite para los permisos de porte y tenencia de armas y se incluya la toma de la muestra de ADN. Dicho Instructivo fue aprobado el 28 de junio de 2023.
El 18 de marzo de 2024, el diario EL PAIS (España) informó que el Gobierno habría suspendido temporalmente el procedimiento. Aunque no hubo pronunciamiento oficial.
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