Nueva ley aprobada en la Asamblea propone dar clases de civismo y voluntariado en colegios
Con 86 votos a favor, la Asamblea aprobó las reformas a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Conozca las claves del texto aprobado por los legisladores.
Previo a la sesión del pleno, las bancadas legislativas mantuvieron reuniones con el objetivo de bajar los ánimos entre asambleístas.
Roberto Rueda /Primicias
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En la primera sesión del pleno de la Asamblea Nacional, este 11 de abril, tras el receso legislativo, se aprobaron las reformas a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. La normativa llevaba varios años en construcción y finamente obtuvo 86 votos a favor.
Según el proponente de la ley, Patricio Chávez, de Revolución Ciudadana, el nuevo texto refuerza y hace más efectivos los mecanismos y derechos de participación.
El proyecto, que no estuvo exento de polémica por un artículo que finalmente quedó fuera, ahora será remitido al presidente Daniel Noboa para la sanción u objeción, en el plazo de 30 días. ¿Qué contiene la nueva ley aprobada? Esto es lo que debería saber:
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Participar es gratis
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Aunque suena obvio, los integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana de la Asamblea, con base a la experiencia y criterios recogidos, prefirieron dejar sentado el principio de gratuidad que no consta en la ley todavía vigente. "Ninguna persona o institución podrá cobrar valor alguno por atender solicitudes o reuniones en el sector público, en cualquier función o nivel de gobierno, salvo en los casos expresamente establecidos por la ley", señala la reforma.
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Todos a estudiar cívica
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"En las mallas curriculares de todas las instituciones educativas, universidades y escuelas politécnicas se impartirá en cada año, o semestre, al menos una asignatura, actividad o competencia para la formación humana sobre valores, cívica, voluntariado, participación ciudadana y los contenidos de la Constitución", dice el cambio aprobado. La ley actual se limita a la inclusión de los contenidos de la Constitución en las mallas curriculares del sistema educativo, en todos sus niveles, y no establece por cuánto tiempo se debe impartir esta educación. Pero, tras lo aprobado, ahora instituciones educativas deben promover, cada año o semestres, actividades para que sus estudiantes se involucren en actividades de voluntariado y participación ciudadana.
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Participación de migrantes
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"Las autoridades electas por votación popular, en sus visitas en el exterior y en el ejercicio de sus funciones, estarán facultadas, sin restricción alguna, para hacer uso de los locales alquilados o de propiedad de las misiones diplomáticas y oficinas consulares del Ecuador". El objeto es que puedan realizar actividades que permitan el ejercicio del derecho de participación ciudadana de los ecuatorianos residentes fuera del país.
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Audiencias públicas
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Si bien esta figura no es nueva, en la reforma se establecen plazos que actualmente no existen: las solicitudes deben ser respondidas en máximo 10 días luego de ser ingresadas y se llevarán a cabo en un mes. La falta de respuesta a la solicitud o de convocatoria a la audiencia puede acarrear sanciones administrativas.
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Silla vacía en el Pleno
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Esta figura tampoco es nueva, pero en el caso de la Asamblea, se hace una reforma a la Ley Orgánica de la Función Legislativa para ampliar la silla vacía al pleno del Parlamento. Actualmente, el 'asambleísta por un día' se aplica para las comisiones legislativas permanentes. El ciudadano invitado puede participar con voz, pero sin voto. Esa disposición se mantiene.
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Partidos 'transparentes'
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"Todas las organizaciones políticas deberán mantener en su página web la información pública y de libre acceso sobre el destino de los recursos públicos que hayan recibido para su actividad", señala la norma. Una disposición similar ya está vigente en el Código de la Democracia, mecanismo con el que el Consejo Nacional Electoral (CNE) busca tener control sobre los ingresos y egresos de los partidos y movimientos políticos.
El polémico artículo 12
Dentro de los cambios debatidos este jueves, el artículo 12 de la reforma levantó varias críticas, por lo que tuvo que ser votado en un bloque aparte para evitar bloqueos al resto del proyecto.
Este artículo señalaba que los asambleístas, consejeros provinciales, concejales, vocales de juntas parroquiales y todos los funcionarios que deben cumplir labores de fiscalización, ejercerán su potestad de acceder a información pública de manera individual y directa, sin que pueda alegarse norma alguna en contrario.
No acatar esta norma podía incluso acarrear una investigación y sanciones de tipo penal.
Chávez reconoció que este artículo causó preocupación en varios sectores. Aclaró que la norma habla de información pública y no reservada, como se trató de incluir en las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que siguen pendientes de votación.
También, el legislador correísta puso énfasis que este artículo no fue incluido en la actual Comisión de Participación Ciudadana, sino en 2019, cuando se empezó a construir la reforma.
Por ello, 63 asambleístas votaron en contra de esta parte de la reforma y quedó afuera del proyecto aprobado.
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