Este es el análisis de la Corte Constitucional para el juicio político
La Corte Constitucional sí entró a revisar las acusaciones del pedido de juicio político al presidente Lasso. En su análisis, encontró que sólo el señalamiento por peculado es "mínimamente verosímil".
La Corte Constitucional seleccionó el juez ponente en la solicitud de juicio político contra el presidente, Guillermo Lasso, el 24 de marzo de 2023.
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La Corte Constitucional aprobó, la noche de este 29 de marzo de 2023, su dictamen de admisibilidad al juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso. La decisión permite que el trámite siga en la Asamblea Nacional, encaminado a una posible censura y destitución del Mandatario.
El dictamen de los magistrados hace un análisis preliminar sobre el alcance de la revisión de la Corte Constitucional. Sobre esto, llegan a la conclusión de que "el rol de la Corte no puede consistir simplemente en una lista de chequeo de los requisitos formales".
Los magistrados señalan que su labor es "asegurar que la solicitud de inicio del juicio político no sea arbitraria o irrazonable".
Por ello, dividen su dictamen en dos:
- Un examen del procedimiento seguido por la solicitud de juicio político.
- Un examen del contenido de la solicitud, el cual no puede alterar el carácter político del juicio y convertirlo en un procedimiento administrativo o judicial
Para llegar a esta conclusión, la Corte se tomó casi una semana. Y al final, los jueces decidieron que el enjuciamiento político a Lasso puede continuar sólo por una causal: las acusaciones por peculado, relacionadas con irregularidades en la empresa pública Flota Petrolera Ecuatoriana (Flopec). Con esto, desecharon los señalamientos por concusión.
Así, el proceso seguirá adelante en la Asamblea, que debe remitir el trámite a la Comisión de Fiscalización.
La revisión del trámite del juicio político
La primera revisión que hizo la Corte Constitucional se centra en el trámite que, hasta ahora, tuvo la solicitud de juicio político en la Asamblea Nacional. Durante este período, entre los legisladores hubo acusaciones de errores e irregularidades que, según el oficialismo, debían devenir en una negativa en la Corte.
Sin embargo, la Corte decidió que el pedido de "completar" que hizo el Consejo de la Administración Legislativa (CAL) fue correcto. Y que el "lapsus calami" en la solicitud original, corregido mediante un alcance, no fue más que un error.
Según el dictamen, ese lapsus calami o "descuido en la escritura" no afectó el fondo del documento.
"Si bien se han identificado irregularidades en el procedimiento de solicitud de juicio político en contra del presidente de la República, a juicio de esta Corte, la inobservancia de tales reglas de trámite no ha incidido en la vulneración del principio de legitimidad política o del derecho al debido proceso del presidente hasta el presente momento del procedimiento".
Además, la Corte llama la atención a los solicitantes por incluir "temas ajenos a la solicitud de juicio político". Este señalamiento se refiere al análisis que hicieron los asambleístas, adelantándose a una posible muerte cruzada desde el Ejecutivo. Sobre esto, los magistrados no se pronuncian.
El descarte de la concusión
Ya en el análisis de las acusaciones que hicieron los asambleístas, la Corte decidió descartar los dos primeros señalamientos, que apuntaban al delito de concusión.
Las acusaciones por concusión se basan en dos casos:
- La supuesta corrupción de Hernán Luque Lecaro, exgerente de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO).
- El supuesto tráfico de influencias de los exgerentes de Petroecuador, Ítalo Cedeño y Hugo Aguiar.
Pero según la Corte, en estas acusaciones hay problemas. En la primera, los magistrados dicen que hay "inconsistencia evidente en la red inferencial". Dicen que los propios solicitantes presentan inferencias opuestas con respecto a si Lasso sabía o no sobre las acciones de Luque.
En cuanto a la segunda acusación, carece de "coherencia narrativa y de un mínimo de verosimilitud" respecto de los hechos atribuidos al Presidente.
Además, aseguran que unas declaraciones del exministro Francisco Jiménez han "claramente descontextualizadas por los solicitantes para sostener su afirmación".
Los señalamientos por peculado
La causal que sí pasó la revisión de la Corte Constitucional es la de peculado. Aquí, los asambleístas señalan al Presidente de haber conocido sobre la firma de un contrato de Flopec, supuestamente perjudicial para el Estado.
Se trata del contrato con Amazonas Tanker Pool, para el transporte de petróleo y derivados. Este, se habría tratado de dar de baja, pero Luque lo habría impedido.
Según narra la solicitud de juicio político, la Contraloría había determinado que los contratos con este pool eran “perjudiciales” para el Estado. Pero por presiones de EMCO (Luque), se renovó un contrato con esta firma.
Estas denuncias, dicen, estaban en conocimiento de Lasso. “El presidente conocía y consintió que dichos contratos eran perjudiciales para el Estado sigan ejecutándose”, aseguran los legisladores.
Y añaden que aun así, Lasso no dispuso investigar la separación del exgerente de Flopec, Jhonny Estipuñán, por intentar dar por terminado unilateralmente el contrato con Amazonas Tanker Pool.
Según los asambleístas, el Presidente y Luque definieron la continuación de los contratos de transporte de petróleo en favor de terceros. Y aseguran que la “estructura que propició la corrupción en Flopec responde a la designación de los funcionarios realizada por el presidente Lasso”.
Según la Corte, la red de inferencias fácticas de esta acusación luce "mínimamente verosímil".
"En este (caso) no se encuentran hechos manifiestamente falsos o imposibles, ni notoriamente infundados que conviertan a la acusación en arbitraria o irrazonable".
Lo que se viene
El CAL deberá conocer el dictamen de la Corte Constitucional en la sesión convocada para este 31 de marzo de 2023. Allí, debe enviar el trámite a la Comisión de Fiscalización.
Esta mesa legislativa, presidida por el asambleísta Fernando Villavicencio, tiene un mes para procesar las pruebas y para que el Presidente ejerza su derecho a la defensa.
Según Juan Pablo Ortiz, secretario jurídico de la Presidencia, hay aún una "serie de incongruencias con el relato de un posible delito".
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