Una acción de protección quiere 'tumbar' al Procurador
El ciudadano Nelson Raúl Rodríguez Durán interpuso una acción de protección contra la designación del Procurador General, Juan Carlos Larrea, por un presunto conflicto de intereses.
El Consejo de Participación Ciudadana designó a Juan Carlos Larrea como nuevo procurador general, el 20 de octubre de 2022.
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Como se ha vuelto costumbre en Ecuador, las acciones de protección y medidas cautelares se utilizan para intentar remover o mantener a las autoridades en sus cargos. Esta vez le tocó el turno al procurador Juan Carlos Larrea.
El funcionario fue seleccionado por el Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS), de una terna remitida por el presidente Guillermo Lasso. Su designación fue el 20 de octubre y la Asamblea Nacional lo posesionó el 15 de noviembre de 2022.
Sin embargo, el ciudadano Nelson Raúl Rodríguez Durán presentó una acción de protección contra la designación, el 27 de octubre de 2022. El proceso recayó sobre la jueza Nubia Vera Cedeño, de la Unidad de Familia Mariscal Sucre, en Quito.
La audiencia estaba prevista para el 2 de junio, pero fue suspendida por motivos de salud de la jueza. Y, hasta este 7 de junio de 2023, no ha sido convocada nuevamente.
El proceso había pasado inadvertido hasta que el secretario jurídico de la Presidencia de la República, Juan Pablo Ortiz, lanzó una advertencia sobre el intento de remover al procurador Larrea.
Raúl Rodríguez argumenta que se habría violentado el derecho a la seguridad jurídica con la designación de Larrea como titular de la Procuraduría General del Estado. Por ello pide que se suspenda su posesión.
Según Rodríguez, el Procurador tendría un conflicto de intereses y habría incurrido en las prohibiciones para ser designado.
En la demanda, Rodríguez cita el Reglamento para la designación del Procurador, que a su vez recoge las prohibiciones establecidas en el artículo 7 del Código Monetario y Financiero, que habla sobre el conflicto de intereses.
La norma señala que "no podrán ser funcionarios ni miembros de las entidades de regulación o control del sistema financiero nacional ni de los regímenes de seguros y valores quienes tengan intereses de carácter patrimonial en las áreas a ser reguladas, supervisadas o controladas, o representen o asesoren a terceros que los tengan, en el ámbito de este Código".
Y recuerda que, hasta octubre de 2022, Juan Carlos Larrea constaba como uno de los casi 7.300 accionistas del Banco de Guayaquil. Y que lo había sido desde 2009. Pero ya no tiene dichas acciones y la misma ley le permite desprenderse del capital para eliminar el conflicto.
Sin embargo, el mismo artículo del Código Monetario señala que "las disposiciones de este artículo son aplicables únicamente a":
- La Junta de Política y Regulación Financiera
- El Banco Central del Ecuador
- La Junta de Política y Regulación Monetaria
- La Corporación del Seguro de Depósitos
- Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados
- Superintendencias de Bancos y de Economía Popular y Solidaria
- Y al organismo de control de los sistemas de valores y seguros
- Y servicios de atención integral de salud prepagada
Además, el artículo 7 también aclara que "el conflicto de intereses de carácter patrimonial referido en el presente artículo se configurará por la titularidad del 1% o más del capital suscrito y pagado de la entidad regulada o controlada o el equivalente a mil salarios básicos unificados, el que sea mayor".
Sin embargo, según los datos del Banco de Guayaquil, ningún accionista llega a tener un 1% de su capital. Después de la misma empresa, MultiBG S.A., que mantiene el 80,86% de acciones, el segundo mayor accionista alcanza el 0,81%.
El tema de las acciones, así como de su desempeño como empleado de la misma entidad bancaria, durante unos cuatro años en los 90, salió a la luz durante el proceso de selección. Pero Larrea fue el único que no tuvo impugnaciones y fue designado como Procurador.
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