Las multas por incumplir el toque de queda se cobrarán con los servicios básicos
Ciudadanos se abastecen de comida durante la restricción de circulación en Guayaquil este 23 de marzo de 2020.
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Las multas para las personas que incumplan con la restricción de circulación se aplican ya desde el 25 de marzo de 2020. El Gobierno desarrollará una aplicación tecnológica para que los agentes puedan registrar a las personas que rompan el toque de queda.
A través de un acuerdo interministerial emitidos entre las carteras de Salud y Gobierno, se establecieron las reglas para estas multas a aplicarse durante el estado de excepción por la propagación del coronavirus.
Las personas que incumplan el toque de queda entre las 14:00 y las 05:00 por primera vez recibirán una multa de USD 100. Si reinciden, la segunda multa será de USD 400. Y si son detenidos una tercera vez, serán procesados judicialmente y enfrentarán una pena de entre uno y tres años de cárcel.
Si un agente policial o municipal encuentra a una persona fuera de su casa durante las horas del toque de queda, deberá solicitar la cédula de la persona y verificar que no tenga permiso salvoconducto.
Después, el agente deberá verificar en la plataforma digital del Gobierno si se trata de la primera infracción o si la persona es reincidente. Entonces el agente deberá emitir un parte policial o una boleta y registrarla en la plataforma de multas.
¿Cómo se cobrarán las multas?
Los valores de las multas por incumplir el toque de queda se aplicará en las planillas de servicios básicos que consten a nombre del infractor, desde agosto de 2020.
Si la persona que incumplió con la restricción de circulación no tiene a su nombre planillas de agua o luz eléctrica, se remitirá a "diversas instituciones" que tengan capacidad coactiva para su cobro desde agosto de 2020.
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