El Gobierno definió procedimiento para indultar a los detenidos
El 22 de noviembre de 2021, el presidente Guillermo Lasso concedió el indulto a detenidos con enfermedades catastróficas y terminales. Dos instituciones determinarán a los beneficiarios.
Un detenido por incumplir el toque de queda es valorado por personal médico en la Cárcel de Latacunga, el 16 de mayo de 2020.
SNAI
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Según informó el Gobierno, la primera institución que participará en el proceso de indulto para los detenidos con enfermedades catastróficas y terminales es el Ministerio de Salud.
Un equipo técnico de esa entidad se encargará de avalar y certificar los casos que cumplan con los parámetros sanitarios para acceder al indulto.
El decreto establece cuatro condiciones médicas para calificar al beneficio:
- Enfermedades catastróficas
- Enfermedades terminales
- Tuberculosis multidrogorresistentes
- Coinfección TB.-VIH
Una vez que reciban el visto bueno de Salud, los expedientes pasarán al Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI). Esta entidad, en cambio, armará los documentos legales para presentarlos a un juez.
Los técnicos del SNAI deben confirmar que los presos tengan sentencia ejecutoriada, no existan procesos penales pendientes y que sus sentencias no sean por delitos de lesa humanidad, desaparición forzosa, tortura, violencia contra la mujer, peculado, enriquecimiento ilícitos, entre otros.
Con la información del MSP y del SNAI, un juez determinará en cada caso si aplica el indulto. Y, finalmente, el presidente Guillermo Lasso podrá firmar el decreto.
El Gobierno aclaró, además, que los indultos conceden únicamente el perdón de las penas de cárcel, pero no extinguen el pago de reparaciones integrales o multas.
Además, Lasso firmó otro decreto para indultar a los detenidos por contravenciones leves de tránsito. Todavía no se conoce cuantas personas accederán a este beneficio.
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