Contrato entre el COI y Tokio no prevé pandemias para aplazar los JJOO
Los Juegos Olímpicos de Tokio debían disputarse, en principio, del 23 de julio al 8 de agosto de 2020, pero se postergaron para 2021.
@Tokyo2020.
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La Carta Olímpica tampoco establece cómo debe actuar el COI en caso de que una enfermedad ponga en peligro los Juegos. El contrato entre el COI y Tokio 2020 enumera las razones que provocarían a una suspensión de los Juegos, pero en ningún momento se abre la posibilidad de un aplazamiento.
El artículo 66, dedicado al "vencimiento del contrato", señala en su apartado a que el COI estará "autorizado a poner fin al contrato y retirar los Juegos a la ciudad". Si el país sede "está en algún momento, antes de la ceremonia inaugural o durante los Juegos, en estado de guerra, desorden civil, boicot, embargo decretado por la comunidad internacional o una situación reconocida oficialmente como beligerante".
También se podrá cancelar "si el COI tiene razones fundadas para creer, según su propio criterio, que la seguridad de los participantes en los Juegos estaría gravemente amenazada o comprometida por cualquier razón".
Este último criterio justificaría un cambio en los planes olímpicos por culpa del coronavirus, si el COI considera que el Covid-19 supone un riesgo grave para los participantes.
Otro motivo citado para cancelar los Juegos es, según el apartado a tres del artículo, "que no se celebran durante el año 2020".
Aplazar los Juegos Olímpicos
Esto aludió, el 3 de marzo, la ministra japonesa para los Juegos, Seiko Hashimoto. La autoridad dijo en el Parlamento que el contrato con el COI les comprometía a organizarlos "en 2020", con lo que parecía abrir la posibilidad de un aplazamiento dentro de este mismo año. La opción fue descartada de inmediato por el COI.
Según el contrato, si pasa uno de estos puntos el COI debe advertir al comité organizador para que encuentre una solución en un plazo de 60 días. Y si quedan menos de 120 días para la inauguración, en la mitad de los días que falten. Así se especifica en el artículo 66.b.1. Este miércoles, 18 de marzo, faltan 127 días para la inauguración de los Juegos el 24 de julio.
Si en el periodo estipulado no se resuelve el problema de manera satisfactoria a juicio del COI, este organismo estará autorizado a romper el contrato "sin perjuicio de su derecho a reclamar daños".
Tanto el COI como Tokio 2020 reiteran a diario su compromiso a inaugurar lo Juegos el próximo 24 de julio, pero ya hay deportistas que piden su aplazamiento. Esto, ante la imposibilidad de entrenarse o competir en las condiciones necesarias.
Carta Olímpica
La Carta Olímpica tampoco está preparada para dar respuesta a una situación imprevista, como la que ha planteado la pandemia de coronavirus. No establece una lista de los supuestos en los que se pueden cancelar o aplazar unos Juegos Olímpicos.
Solo asegura,en su artículo 7.2., que los Juegos son "propiedad exclusiva" del COI, que tiene "todos los derechos, sin límite, sobre la organización y explotación".
La Carta también asegura que "la no celebración de los Juegos Olímpicos durante el año en que deberían celebrarse implica la cancelación de los derechos de la ciudad organizadora".
El presidente del COI, Thomas Bach, aseguró no hay que tomar "medidas drásticas" a cuatro meses de la inauguración, en un comunicado.
En otras competencias alrededor del mundo, la UEFA y la CONMEBOL aplazaron hasta 2021 la Eurocopa y la Copa América. Ambos torneos estaban programados para el12 de junio.
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