Milei elimina la seguridad oficial para los expresidentes de Argentina
Javier Milei derogó un decreto firmado por su antecesor, Alberto Fernández. En Ecuador, Guillermo Lasso firmó algo parecido antes de dejar el poder.
El presidente de Argentina, Javier Milei, se dirige al público antes de encender el candelabro gigante de la Menorá, instalado para el tradicional Festival de Luces judío de Jánuca en un parque de Buenos Aires, el 12 de diciembre de 2023.
AFP
Actualizada:
Compartir:
El viernes pasado, antes de traspasar el mando presidencial a Javier Milei, Fernández firmó un decreto. Con ese documento, el exmandatario argentino dispuso que el servicio de custodia al presidente en ejercicio, al vicepresidente y a los exmandatarios pasaba a estar concentrado en la Casa Militar de la Presidencia de la Nación.
También ese decreto de Fernández disponía que la custodia para expresidentes sería de por vida y también en el extranjero. El exmandatario también había anunciado su intención de vivir en España luego de su período.
Luego de que la noticia fuera difundida por la prensa, el Ejecutivo aun a cargo de Fernández emitió un comunicado en el que aclaraba que el decreto no implicaba la asignación de un servicio de custodia diferente al vigente para los expresidentes. Sino solo una modificación en cuanto a la órbita de funcionamiento.
El nuevo decreto, además de derogar esa decisión de Fernández, ordena que los efectivos de la Policía asignados a la custodia presidencial actúen bajo control de la Casa Militar, de la que recibirán las órdenes para su desempeño.
De acuerdo a lo resuelto por Milei, "en los casos de desplazamientos terrestres dentro y fuera del país", la custodia del presidente y su familia estará a cargo de la División Custodia Presidencial, conforme las directivas y órdenes que imparta el jefe de la Casa Militar.
El caso ecuatoriano
En Ecuador ocurrió algo similar en medio del reciente cambio de mando. Días antes de dejar el cargo, el expresidente Guillermo Lasso emitió un decreto ejecutivo que modifica las condiciones de seguridad para exmandatarios y exvicepresidentes del país.
Esa norma dispuso que los expresidentes, exvicepresidentes y sus cónyuges reciban protección y seguridad tanto dentro del territorio nacional como en el exterior.
Para los exmandatarios, el periodo mínimo de protección es de dos años. Para los exvicepresidentes, de un año, desde que finalicen sus mandatos de elección popular.
Estos plazos se podrán alargar sobre la base de un informe de riesgos que debe elaborar la Casa Militar Presidencial. Tras su posesión, el presidente Daniel Noboa no se ha pronunciado al respecto.
Compartir: