Guayaquil: Ordenanza de portones prevé multas de hasta USD 2.300
El Concejo Municipal aprobó en primer debate la ordenanza que regula la ocupación de la vía pública con puertas y portones. La normativa otorga seis meses de plazo para la regularización de enrejados instalados en los barrios ante la ola de inseguridad.
Portones de seguridad instalados por la comunidad en una calle de Los Ceibos, al norte de Guayaquil.
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El Concejo Municipal de Guayaquil aprobó en primer debate la nueva ordenanza que regula la instalación de elementos de seguridad en la vía pública. Se trata de portones que restringen la circulación en las calles en respuesta a la creciente inseguridad en la ciudad.
La ordenanza se aprobó por voto unánime la tarde de este martes 26 de diciembre de 2023 en una sesión extraordinaria. Y el permiso municipal se deberá renovar cada año.
El cuerpo legal prevé sanciones desde USD 92 (el 20% del salario básico unificado 2024) hasta cinco salarios y USD 2.300, para infracciones muy graves.
Las puertas y portones de seguridad deberán permitir el tránsito vehicular y peatonal en el horario de 06:00 hasta las 20:00, de lunes a domingo. Y se otorga un plazo de seis meses, a partir de la publicación de la ordenanza, para regularizar enrejados y portones ya instalados.
Una vez vencido el plazo de seis meses, los elementos de seguridad que no hayan iniciado el trámite de regularización deberán ser desinstalados. De lo contrario, serán retirados por la administración municipal; se cargarán los costos del retiro y la sanción a los vecinos.
“Es importante que se cumplan con requisitos como la accesibilidad a la entrada y la salida de personas con discapacidad y adultos mayores, de vehículos de atención de emergencia y de servicios básicos”, indicó el concejal Jorge Rodríguez. La norma entrará en vigencia en 2024.
"No en todos los sectores se podrán instalar las rejas o portones, la ATM ha determinado que será solo en calles con una circulación menor a 400 vehículos diarios".
Raúl Chávez, concejal ponente
En la sesión también se aprobó en segundo debate, y por unanimidad de los concejales presentes, la creación de una nueva empresa de parques y áreas verdes, así como el aumento de pasajes para el sistema de transporte Aerovía.
Según el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, la empresa de recolección de basura Urvaseo ha mapeado al menos 195 de estas rejas y portones en la ciudad. Y ante el municipio se han elevado más de 360 solicitudes.
"A mi modo de ver, las rejas no solucionan nada (...) No es una solución integral", dijo Alvarez.
Un trámite de dos meses y cinco direcciones
El trámite de los permisos para la instalación de portones en los barrios tomará hasta dos meses y requiere de informes de factibilidad social de la Dirección de Vinculación con la Comunidad.
Además, se requerirá de informes favorables de empresas y direcciones municipales de Tránsito, Riesgos, Uso del Espacio y Vía Pública o Planificación Urbana. La vicealcaldesa de Guayaquil, Blanca López, pidió en el debate que el trámite sea ágil.
Para tramitar los permisos, se debe cancelar una tasa de regalía anual de entre USD 23 y USD 46, entre el 5% y 10% de un salario básico, según el tipo de vía intervenida. Mientras que la tasa de servicios administrativos será para este año de USD 9,20.
Además, para solicitar la autorización, renovación y regularización de los portones, se requiere el consentimiento y voluntad de los propietarios o sus representantes, que deben representar el 70% de los inmuebles de la zona afectada, según explicó el concejal Raúl Chávez.
"Luego de que se instale efectivamente se generará una regalía al respecto. Y eso no es una decisión exclusiva de este concejo o del alcalde. Es algo que se debe hacer porque la ley obliga a que se haga, por el hecho de que se va a ocupar un espacio público", dijo Chávez.
Entre los requisitos está presentar los planos del proyecto con firma de responsabilidad técnica de un profesional registrado, sea arquitecto o ingeniero, agregó el concejal. Además se deben presentar fotografías del sitio y sus coordenadas georreferenciales.
Todos los inmuebles deberán encontrarse al día en el pago del impuesto predial y de la tasa de recolección de basura. El permiso temporal tiene una duración de un año y su renovación dependerá de evaluación municipal.
Este permiso es “excepcional” y se origina en la necesidad de “proteger a la población contra riesgos que pongan en peligro la seguridad de las personas y sus propiedades”, reza la ordenanza. "El permiso está sujeto a ser revocado en cualquier momento", añadió Chávez.
Portones sin púas
El objetivo de la ordenanza es autorizar, regularizar, controlar la instalación de estos elementos de seguridad. Y, si es necesario, sancionar la ocupación de la vía pública, agrega el texto aprobado en primera instancia, que deberá ser ratificado en segundo debate en una semana.
Según el Municipio estos portones, enrejados y garitas se vienen colocando en las vías desde hace más de 20 años. Pero en el último año y medio su instalación se generalizó en gran parte de los barrios y ciudadelas en medio de una ola de violencia sin precedentes en la ciudad.
La mayoría de las puertas instaladas en la ciudad cuentan con alambres púas o concertinas. Pero la nueva ordenanza dispone que sobre la parte superior de los portones -de hasta 2,80 metros de alto- no debe existir “cercos perimétricos de púas” ni ningún elemento adicional.
Además, las puertas de ingreso peatonal “no podrán contener ningún elemento que obstruya el tránsito de las personas con movilidad reducida”. Las estructuras deberán ser de color blanco, negro o verde, de acuerdo a la ordenanza.
Las infracciones, de leves a muy graves
Entre las infracciones leves que se castigarán con sanciones desde USD 92 al representante de la calle o colectivo están: Realizar cobros por uso de paso a personas o vehículos, además de no informar de cambios a la estructura o no exhibir los permisos municipales.
Sí se permitirán cobros por concepto de guardianía o alícuotas a los miembros del colectivo o de la comunidad. También se sancionará el exhibir publicidad en los portones u obstaculizar el acceso de las personas con movilidad reducida.
Entre las infracciones graves se encuentra obstruir el tránsito vehicular y peatonal en el horario comprendido desde las 06:00 a las 20:00, de lunes a domingo.
Este tipo de infracciones se castigarán con multas que van desde un salario básico (de USD 460 en 2024) y hasta cuatro, por reincidencias. También se emitirán estas multas por no garantizar la recolección de basura en los horarios y frecuencias establecidas para el sector.
Mientras que se consideran infracciones muy graves carecer de permisos municipales o modificar especificaciones técnicas de las estructuras aprobadas, sin previa autorización
También se considerará muy grave el no garantizar la accesibilidad necesaria a las entidades públicas y privadas vinculadas a la atención de emergencias y servicios públicos, las 24 horas. Este tipo de infracciones se sancionarán con cinco salarios básicos (USD 2.300 en 2024).
En caso de reincidencia, el Municipio procederá con el retiro inmediato de la estructura cargado los costos de desinstalación y bodegaje al “representante responsable o a cualquiera de los miembros del colectivo o comunidad”.
Condiciones mínimas de portones de seguridad:
- Sobre la parte superior de los portones, no deben existir instalados cercos perimétricos de púas o cualquier elemento adicional que modifique las características de los elementos de seguridad.
- Los portones deben ser metálicos en todo su conjunto y no deben poseer una viga superior fija que dificulte el ingreso libre vehicular.
- Las columnas de los portones no podrán ser de hormigón.
- Las estructuras no podrán ser de placas metálicas o cualquier otro material que impida visualizar al interior y exterior de la vía que se interviene.
- Las estructuras deberán ser de color blanco, negro o verde, conforme a los códigos Pantone determinados en el anexo 1, ser de material resistente y con pintura anticorrosiva.
- Las estructuras no deben encontrarse deterioradas o en mal estado.
- La instalación de las estructuras no debe afectar, dañar u obstaculizar el normal funcionamiento y/o mantenimiento de la infraestructura urbana, tales como: hidrantes, tuberías, alcantarillado, instalaciones de alumbrado eléctrico, acueductos, entre otros.
- Las instalaciones de las estructuras no deben afectar o dañar la vegetación baja, media o alta existente.
- Las instalaciones de las estructuras no pueden deteriorar la imagen urbana del sector, deben estar integrada física y visualmente al entorno inmediato.
- Sobre las estructuras no se debe colocar, adherir o instalar cualquier tipo de material que obstaculice el alcance visual o que estéticamente afecte el diseño de los elementos de seguridad.
- Las características de las estructuras aprobadas no deben ser modificadas, sin previo aviso, aún en el caso de que dichos cambios cumplan con las normas de esta ordenanza y demás cuerpos normativos sobre la materia.
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