Economía y Desarrollo
Lo que es urgente en materia económica
Doctor en Economía, máster en Economía del Desarrollo y en Política Pública. Director general académico de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.
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El pasado 16 de abril, el presidente de la República remitió dos proyectos de ley 'urgentes en materia económica'.
El artículo 140 de la Constitución establece que “mientras se discuta un proyecto calificado de urgente, la presidenta o presidente de la República no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción”.
El mismo artículo establece un plazo de 30 días, y señala que en caso de que la Asamblea no apruebe, modifique o niegue el proyecto, éste entrará en vigencia (por el mecanismo llamado ministerio de la Ley).
La crisis sanitaria y económica que vive el país tiene tres prioridades: salvar vidas y garantizar la salud de la población, sostener el consumo de los hogares (bienestar), y sostener los empleos y la capacidad productiva para una rápida reactivación post crisis.
Es necesario analizar los proyectos con base en estas prioridades.
El primer proyecto, que habla de “ordenar las finanzas públicas”, incluye una serie de reformas al Código de Planificación y Finanzas Públicas, para introducir reglas fiscales y medidas de austeridad, basadas en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Incluye también una cláusula transitoria (mediante el artículo 46 del proyecto de ley), que aplicaría entre 2020 y 2024, permitiendo al Ministerio de Economía y Finanzas ampliar el Presupuesto General del Estado más allá de cualquier control, para el pago de laudos arbitrales y de sentencias judiciales. Es decir, austeridad para todo el Estado, menos para pagar obligaciones (deudas).
Este proyecto nada tiene que ver con la emergencia, ni con la declaratoria de estado de excepción. Son temas que deben ser discutidos con tiempo, democráticamente, no al apuro y mucho menos introduciendo cláusulas transitorias en medio de una emergencia sanitaria con miles de muertos. La Asamblea Nacional debe “no aprobar”, y concentrarse en la crisis que afronta el país.
El segundo proyecto dice ser de “apoyo humanitario para combatir la crisis sanitaria”. Plantea la recaudación de USD 1.418 millones mediante contribuciones de trabajadores (USD 901,12 millones, 63,5%) y de empresas (USD 516,88 millones, 36,5%).
Hay tres preocupaciones en esta propuesta. Primero, afecta a una variable coyuntural (ingreso) que en este momento es incierta y aumentaría la vulnerabilidad de los hogares, al quitarles capacidad de consumo.
Segundo, es injusta al poner el mayor peso sobre los trabajadores, que son los más vulnerables, y dentro de los trabajadores discrimina, sin justificación alguna, a trabajadores del sector público.
Y, tercero, no se conoce la necesidad real de recursos.
Para solucionar estos problemas, se podría modificar la propuesta estableciendo una contribución con base en el patrimonio y no el ingreso, lo que permitiría mejorar la progresividad (que el que más tenga más pague).
Se requiere conocer de forma transparente los costos de la emergencia y las distintas fuentes de financiamiento (reasignación de presupuesto, nuevas contribuciones, nuevo endeudamiento) y los usos (sistema nacional de salud, beneficios a hogares, beneficios a empresas) para una toma de decisiones informada desde la Asamblea Nacional.
No se puede esperar, como plantea el proyecto de Ley, que un grupo de cinco personas, nombradas a discreción del Presidente, recomienden y observen los usos de fondos públicos. La responsabilidad es del Estado.
Un segundo elemento del proyecto de ley es plantear la protección del empleo desde la negociación directa entre empleados y empleadores, desconociendo que no existe igualdad de poder en esas negociaciones. Por necesidad, una persona puede acceder a las condiciones que le termine imponiendo el empleador.
En su lugar, reconociendo la difícil situación económica, hay que establecer, como lo han hecho muchos países, líneas de crédito con periodos de gracia y bajas tasas de interés (incluso del 0%) y subsidios directos a empresas, de todo tipo, para que puedan seguir cubriendo su nómina.
Finalmente, el proyecto abre una serie de beneficios para el pago de pensiones educativas privadas, y afiliados a la seguridad social. Hay que reconocer que estos beneficios, que son importantes, no llegan a la población más vulnerable que asiste a la educación pública y no está afiliada al IESS.
Es necesario que los beneficios lleguen en mayor medida a quienes más lo necesitan, y para ello ampliar las transferencias monetarias (Bono de Desarrollo Humano), sabiendo que la propuesta de USD 60 mensuales es insuficiente y muy inferior a cualquier beneficio que se pueda dar a las pensiones privadas.
Además, se debe garantizar (financiar) el acceso a alimentos estableciendo cadenas de distribución directa, como lo están haciendo varios GAD Provinciales.
Finalmente, el Gobierno señala en la exposición de motivos del proyecto de ley que “se requerirá un mayor ingreso de divisas para sostener las reservas internacionales, ya sea a través de endeudamiento (público o privado). Si esto no ocurre, existe un riesgo de que la posición de reservas internacionales se deteriore y alcance incluso niveles críticos que pondrían en alerta la sostenibilidad del sistema monetario” (página 12).
Ante esta alerta, es indispensable conocer las medidas que se implementarán en los sectores externo, monetario y financiero para garantizar la liquidez para el funcionamiento de la economía, y que deben estar dirigidas a detener la salida neta de capitales de forma inmediata.