Economía y Desarrollo
Subir el presupuesto para pagar laudo, sin presentar el plan de desarrollo
Doctor en Economía, máster en Economía del Desarrollo y en Política Pública. Director general académico de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador.
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El Presidente Guillermo Lasso envió a la Asamblea Nacional la Proforma del Presupuesto General del Estado (PGE) de 2021, que se ubica en USD 32.948 millones, con un déficit global de USD 4.812 millones.
Hasta que se apruebe el PGE, al ser año de posesión del Presidente, y de conformidad con el artículo 107 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas (Coplafip), se encuentra en vigencia el presupuesto del año pasado, que inició con un valor de USD 32.080 millones.
La proforma enviada significa un incremento de USD 868,28 millones frente al presupuesto inicial del año, y, si se compara con el rubro codificado a agosto de 2021, que es de USD 31.461 millones, el incremento que propone el Gobierno Nacional es de USD 1.487 millones.
El aumento se propone únicamente para la Función Ejecutiva. En las otras funciones del Estado (Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y control social) se plantea mantener el presupuesto codificado a la fecha.
Dentro de la Función Ejecutiva, se observan incrementos en los Ministerios de Educación (USD 487 millones) y Salud (USD 294 millones), aunque ampliamente superados por la cuenta de pago de laudos y sentencias nacionales e internacionales que pasa de USD 124,91 a USD 871,42 (aumento de USD 746,51 millones).
La Proforma se envía en un contexto que deja incertidumbres sobre su legalidad.
Dos días antes de remitir la Proforma el Presidente firmó el Decreto Ejecutivo 170 que establece la excepcionalidad de que, en los PGE de los años 2021, 2022 y 2023 los egresos permanentes de salud, educación y justicia puedan ser financiados con ingresos no permanentes.
Sobre el tema, la Constitución en el Artículo 286 dispone que los egresos permanentes se financiarán únicamente con ingresos permanentes. Esto con la finalidad de garantizar su sostenibilidad, al ser rubros operativos, de repetición permanente para la provisión continua de bienes y servicios públicos a la sociedad.
Si bien el mismo artículo de la Constitución indica que "los egresos permanentes para salud, educación y justicia serán prioritarios y, de manera excepcional, podrán ser financiados con ingresos no permanentes", no se cumple la prioridad que dispone la Constitución, ya que en la Proforma los ingresos permanentes (USD 20.899 millones) superan a los egresos permanentes (USD 20.091 millones), pero evidentemente se destinan a otros usos.
En la práctica, la aplicación de la excepcionalidad planteada, para el periodo de gobierno (tres años), estaría reasignando recursos permanentes hacia otros fines, por fuera de la prioridad constitucional, algo que deberá ser analizado por la Asamblea Nacional y la Corte Constitucional.
Además, la excepcionalidad dada por el Presidente se motiva en el Artículo 126 del Reglamento al Coplafip, pero no incluye el informe del Ministerio de Economía y Finanzas que la justifique con base a un análisis presupuestario, fiscal y sectorial correspondiente, que se requiere según el Artículo 215 del Reglamento al Coplafip.
Finalmente, la Proforma se envía sin haber cumplido con el Artículo 38 del Coplafip que manda que, en el año de inicio de gestión, mientras el Consejo Nacional de Planificación, no apruebe el Plan Nacional de Desarrollo, no se podrá presentar la programación presupuestaria cuatrianual ni la proforma presupuestaria.
Es así como mientras el Plan Nacional de Desarrollo aún no está listo, las prioridades de gobierno se enmarcan en asignar recursos a la cuenta de pago de laudos internacionales, aún a riesgo de estar por fuera de la Ley.
La Asamblea Nacional debe devolver la proforma al Ejecutivo.