En sus Marcas Listos Fuego
¿Corte Constitucional promiscua? No
PhD en Derecho Penal; máster en Creación Literaria; máster en Argumentación Jurídica. Abogado litigante, escritor y catedrático universitario.
Actualizada:
Sería maravilloso que la locura pudiese algún día superar a la ignorancia y a la especulación. Al menos la locura suele traer brotes de genialidad. Pero no, en este caso, otra vez el analfabetismo técnico asfixió a la realidad.
Se ha levantado mucho polvo gracias a la viralización irresponsable de una sentencia de la Corte que, según los escandalizados, estaría avalando que mayores de 14 años puedan consentir relaciones sexuales. ¡Qué bárbaros! ¿No? No.
Es que vivimos en una patria altiva donde cada vez que alguien descubre el agua tibia, los ciudadanos empiezan a sudar.
Les explico: antes de esta polémica sentencia, los mayores de 14 años ya podían consentir tener relaciones sexuales. De lo que recuerdo, al menos así ha sido durante todo este siglo.
Ayer, hoy y mañana alguien de, por ejemplo, 16 años, podía y puede tener relaciones sexuales con alguien de, digamos, 21 años, sin que ello sea delito. Esta no es la realidad "desde la sentencia de la Corte", esta es la realidad desde antes que Hi5 existiera.
Lo que nuestro ordenamiento penal sí establece es que los menores de 14 años, por su falta de madurez psicológica, no pueden consentir una relación sexual.
Es decir, que aunque digan "yo quería", el Derecho por una fictio iuris les dice: "no me importa, porque como aun no puedes entender los efectos de tus decisiones, tu consentimiento está viciado, por lo tanto te violaron".
Entonces vamos a establecer una regla que siempre ha sido regla: mantener relaciones sexuales con menores de 14 años es delito. Mantener relaciones sexuales con mayores de 14 años no siempre es delito. Para que sea delito debe también viciarse el consentimiento del mayor de 14.
¿Puede violarse a alguien de 14, 15, 23, 45, 68 u 80 años? Obvio. ¿Puede alguien de 14, 15, 23, 45, 68 u 80 años decidir libremente tener relaciones sexuales sin que ello acarree la comisión de un delito para su pareja? Obvio.
Muchos obvios y demasiados medios obviándolos. Muchos evidentes para no videntes.
Ahora bien, si ya sabemos que siempre los mayores de 14 han podido consentir, cuáles son las formas en las que se puede viciar el consentimiento de los ciudadanos que pueden elegir tener una vida sexual libre.
Primero, a través del engaño. Si el que engaña es mayor de 18 y el engañado es mayor de 14 pero menor de 18, se llama estupro y es delito de acción privada (desde que tengo uso de razón).
Segundo, si cualquier mayor de 14 es forzado, obligado o neutralizado (generar condiciones que no le permitan resistirse) a mantener relaciones sexuales se llama violación.
¿Entonces para qué emitió la polémica sentencia la Corte Constitucional si no han inventado nada nuevo?
Simplemente, para señalar parámetros objetivos (en un país donde somos afiliados a los parámetros subjetivos) para que la Fiscalía pueda verificar si el consentimiento se halla o no viciado en mayores de 14 años.
En resumen, la CC dice que Fiscalía deberá observar que el consentimiento debe ser prestado de forma libre, voluntaria, autónoma, sin presiones de ningún tipo, sin violencia, amenaza o coerción.
Agregan que siempre se debe analizar la madurez, la autonomía progresiva y la evolución de facultades y verificar que no existan relaciones asimétricas o desiguales de poder o de sometimiento que vicien dicho consentimiento, etcétera.
Es decir, lo que la Corte dijo es que si bien los mayores de 14 pueden tener una vida sexual activa (como es normal en el mundo occidental), por su edad se debe prestar mayor atención a que puedan comprender lo que está pasando y que su voluntad no esté siendo alterada por factores de madurez o por influencias externas.
Por eso el efecto sociológico de esta sentencia es un puño a la cara del raciocinio humano. La Corte buscó dar más protección a los mayores de 14 años en aquellas relaciones ya autorizadas por el sistema y, en un enorme cacareo, los medios de comunicación, los todólogos y los opinólogos entendieron lo contrario.
¿Por qué? Porque ejecutaron la actividad de su mayor expertise: opinar con vehemencia sobre un texto que no leyeron, sustentados en la cita de un tweet escrito por un gato, que tampoco vieron, pero que fue comentado por otro gato. Así se forma la opinión pública en este país. Su fuente: la promiscuidad por la nada y el vacío.