Qué pasa con la aplicación de la Ley de Plásticos en Ecuador
Ha pasado más de un año desde la promulgación de la ley y al menos tres disposiciones, incluyendo el uso de plásticos en zonas protegidas, siguen sin cumplirse en su totalidad.
Residuos plásticos de un solo uso y otro tipo de basura recolectada en una playa de Puerto López, en junio de 2022.
Mingas por el Mar
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En el mundo, los humanos producen y consumen tantos plásticos que podrían llenar un país del tamaño de Francia y aún así necesitan más espacio.
Según estimaciones del Fondo Mundial de la Naturaleza de las Naciones Unidas (WWF), se generan 1.300 millones de toneladas de desechos plásticos por año. Y esta cifra aumentará a 2.200 millones de toneladas para 2025.
Ecuador no está exento del fenómeno de la basura plástica. Datos del Ministerio del Ambiente estimaron en 2019 que unas 1.500 millones de fundas se usaban anualmente en el país.
Por lo general, estas fundas, llamadas ‘tipo camisetas’, se reciben en los locales comerciales y supermercados, y se usan una sola vez. Algunas se reutilizan, y luego finalmente terminan en la basura común y no en depósitos correctos de reciclaje.
Para impulsar la reducción de plástico, la academia, activistas sociales y el MAE concibieron la Ley Orgánica para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso, que se aprobó en diciembre de 2020.
Según Cecilia Torres, activista y miembro de Mingas por el Mar, la ley tiene como objetivo establecer un marco para regular la generación de residuos plásticos y su reducción progresiva.
Cuestiona que al “haber transcurrido más de un año desde su promulgación, varias disposiciones debieron haberse cumplido o iniciado”.
Plásticos en áreas protegidas
El artículo 9 de la Ley prohíbe a partir de los 12 meses de entrada en vigencia de la ley el uso de bolsas y envases de plástico en las Áreas Protegidas del país.
Esto incluye playas, islas, islotes, riberas, lagos, lagunas, páramos, bosques protectores y los 70 espacios que son parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP).
Pero como denuncian ecologistas, estas prohibiciones se incumplen no solo por quienes administran las áreas protegidas, sino también por los turistas.
“Muchas de las personas traen sus alimentos en envases de plásticos o botellas escondidos en sus mochilas, y luego los botan en el tacho común”, señala el ingeniero ambiental Wilmer Sandoval.
El año pasado, Mingas por el Mar realizó 147 jornadas de limpieza de playas en seis provincias. Y tras la labor se recolectaron 10.281 kilogramos de plásticos.
De este total, el 66% de residuos pertenecía a las actividades turísticas o domésticas, mostrando que los ciudadanos poco o nada cumplen con la ley.
Además, Mingas por el Mar comprobó que apenas el 21% de los residuos recolectados eran reciclables. El otro 79% correspondía a plásticos de un solo uso, precisamente los desechos que la norma apunta a disminuir.
Prohibiciones en pedidos por 'delivery'
La ley prohíbe además la entrega gratuita de vajillas, utensilios y otros objetos de plástico de un solo uso en restaurantes.
Igual medida se aplica en los pedidos a domicilio o delivery. “Estos establecimientos deberán cobrar una cantidad no menor al costo unitario del artículo de plástico de un solo uso que proporcionen al consumidor”, señala Torres.
Además, deben consultar al cliente si desean recibir estos artículos de plástico y pagar por ellos.
La realidad es otra: cuando llegan los pedidos, los cubiertos de plásticos aparecen en las compras de comida. Y en los patios de comida de centros comerciales, estos objetos se siguen entregando al consumidor.
Etiquetas de advertencias
Otro punto importante de la ley aprobada es que dispone que los distribuidores o fabricantes etiqueten el impacto negativo de componentes plásticos en sus productos.
En este grupo de productos están las toallas húmedas, toallas higiénicas, globos; productos desechables como encendedores, e insumos para impresoras.
Tras hacer una revisión en la percha de un supermercado, ninguno de los productos de higiene sanitaria femenina tenía el etiquetado de advertencia.
“Estas disposiciones establecidas en la Ley deberían ser aplicadas sin la necesidad de estar condicionadas a una sanción o control”, agrega Torres. Las multas fijadas en la norma oscilan entre un salario básico unificado (USD 425) hasta las 200 remuneraciones básicas.
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