¿Cuál es la multa por no votar en las elecciones extraordinarias de Ecuador?
Para las elecciones extraordinarias de Ecuador están convocados a sufragar los 13 millones de ciudadanos citados en el proceso anterior.
Auditores verificaron la preparación de los paquetes electorales el 4 de agosto de 2023
CNE
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En Ecuador el voto es obligatorio y esto no será una excepción en las elecciones extraordinarias de 2023. Si un ciudadano no acude a las urnas o no integra las mesas del sufragio, se expone a fuertes multas.
Para estas elecciones extraordinarias presidenciales y legislativas, se usará el mismo padrón y logística que hubo en las seccionales del 5 de febrero.
Eso quiere decir que los convocados a sufragar son los 13 millones de ciudadanos citados en el proceso anterior.
Estas son las principales multas y sus valores:
Multa por no votar
Los ciudadanos que no acudan a votar deberán cancelar una multa equivalente al 10% de un Salario Básico Unificado (SBU). Eso corresponde a un valor de USD 45.
Existe la creencia de que al presentarse en una junta receptora, que no es la asignada, se puede evitar la sanción. Pero, la ley no dice nada específico sobre el tema, por lo que igual se aplicaría la multa.
Multas en las juntas receptoras del voto
- En el caso de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) que no cumplieron con su responsabilidad, la multa es del 15% del SBU, es decir, USD 67,50.
- Para aquellos que no participaron en las capacitaciones para estar en mesa, la multa es del 10%, es decir, USD 45.
- En caso de abandono de una junta receptora del voto, las infracciones podrán sancionarse con multas desde 11 salarios básicos unificados (USD 4.950) hasta 20 salarios básicos unificados (USD 9.000).
- Además, en este caso, se contempla la destitución o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años para los infractores.
Motivos para exoneración del pago de multas
De acuerdo con el Consejo Nacional Electoral (CNE), solo se puede exonerar el pago de multas en estos casos:
- Por mandato legal
- Por motivos de salud o impedimento físico, que deberá acompañar un certificado
médico
- Por calamidad doméstica grave ocurrida el día de las elecciones o hasta ocho (8)
días antes, la cual debe estar debidamente justificada.
- Por estar fuera del país o si el ciudadano llegó el día de las elecciones
- Por cumplir actividades del evento electoral
- Por tener voto facultativo
- Los trabajadores del sistema de salud (médicos, enfermeras, estudiantes de
medicina y afines a los servicios de salud) están exentos, pero solo si estuvieron de turno en las elecciones.
En las elecciones extraordinarias del 20 de agosto se escogerá un nuevo binomio presidencial, y 137 asambleístas. Ellos estarán en funciones hasta 2025, cuando terminaba el mandato del Parlamento, que fue disuelto el 17 de mayo por el presidente, Guillermo Lasso, con la figura de la muerte cruzada.
Además, los ecuatorianos deberán pronunciarse sobre las consultas populares del Yasuní y El Chocó Andino.
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