1.500 evidencias de campaña anticipada ha identificado el CNE
Aunque la campaña electoral comienza oficialmente hoy, los candidatos ya han estado recorriendo el país y realizando eventos. La campaña anticipada puede generarles una sanción.
Los candidatos presidenciales están en campaña anticipada desde mayo.
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La campaña electoral de los binomios presidenciales comenzó oficialmente este 13 de julio de 2023. Sin embargo, los ocho candidatos presidenciales ya se han estado promocionando por todo el país, lo que podría ser considerado campaña anticipada.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha estado monitoreando estas actividades. El consejero José Cabrera aseguró que las delegaciones electorales en cada provincia llevan un registro de las actividades, eventos o publicidad que pueda ser considerada campaña anticipada.
Hasta este 12 de julio, se han identificado 1.598 indicios o evidencias de campaña anticipada en todo el país, de todo tipo de candidatos (presidenciales y asambleístas). Esto significa un gasto anticipado de unos USD 78.630.
Sanciones por campaña anticipada
Cabrera anunció que el CNE analizará cada caso para resolver si requiere enviarlo al Tribunal Contencioso Electoral (TCE). La campaña anticipada es una infracción electoral grave, que se sanciona con multa de 11 a 20 salarios básicos (de USD 4.950 a USD 9.000), destitución del cargo y pérdida de los derechos políticos.
Sin embargo, Geovanna Guano, directora de Fiscalización del CNE, advierte que llegar hasta una sanción es un proceso complejo. Para enviar el expediente al TCE, se tiene que evidenciar la participación directa del candidato en la campaña anticipada, por ejemplo, en la colocación de gigantografías o entrega de volantes.
Si no se puede evidenciar la participación del candidato, lo que el CNE hace es cuantificar el costo del evento de campaña anticipada y descontarlo del límite del gasto electoral que tiene cada candidato.
Entre los valores que se pueden descontar están por ejemplo el de personal que trabaje con el candidato, movilización, artículos promocionales y otros.
Lo que sí está prohibido durante la campaña es la entrega de dádivas, es decir regalos para la ciudadanía, como electrodomésticos, canastas de alimentos, colchones y todo lo que no sea artículos promocionales reglamentados. Según explicó Guano, esto sí acarrea una sanción en el TCE.
Las redes sociales
El consejero Cabrera explicó que, por sentencia de la Corte Constitucional, el fondo de promoción electoral (recursos públicos) se tiene que usar solamente en medios de comunicación y vallas, pero no se puede usar para redes sociales.
Por lo tanto, el gasto en redes sociales también será descontado del límite del gasto electoral. Para esto, el CNE utiliza la información pública de Meta (Facebook e Instagram) para conocer qué candidatos han usado este tipo de pauta.
Sin embargo, sobre otras redes sociales en las que también se mueve pauta, como Google o Twitter, no tendrán los datos.
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