Estas son las medidas de seguridad en los aeropuertos de Quito, Guayaquil y Cuenca
Las operaciones en los aeropuertos de Quito, Guayaquil y Cuenca se mantienen pese al conflicto armado interno, pero con más restricciones.
Imagen referencial del Aeropuerto Mariscal Sucre de Quito.
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El Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre de Quito, José Joaquín de Olmedo, de Guayaquil, y Mariscal La Mar, de Cuenca, informaron cómo serán las operaciones en las terminales, tras la declaratoria de conflicto armado interno.
El 9 de enero de 2024, el presidente Daniel Noboa emitió un decreto ejecutivo en el que reconoce la existencia de un conflicto armado interno en Ecuador, luego de la declaratoria de un estado de excepción.
Los tres aeropuertos seguirán operando, pese a la situación que atraviesa Ecuador.
Sin embargo, para mayor seguridad, en el aeropuerto de Quito se han dispuesto nuevas medidas:
- Únicamente podrán acceder a la terminal aérea los pasajeros que porten sus documentos de viaje, es decir: pasaporte o cédula de ciudadanía y boleto aéreo o pase de abordar.
- No se permitirá el ingreso de familiares u otros visitantes a la terminal para dejar o recibir pasajeros.
- Tampoco se permitirá la aglomeración de personas en los andenes de la terminal de pasajeros.
- Se reforzará el control y revisión a pasajeros y equipajes.
- Se efectuarán revisiones aleatorias a los vehículos antes del ingreso al aeropuerto.
- Se solicitará a los pasajeros que no dejen abandonadas sus pertenencias o su equipaje de mano.
Además, en el comunicado, el aeropuerto solicitó a los pasajeros dirigirse al aeropuerto con mayor anticipación, en previsión de estos controles adicionales.
En cambio, en el Aeropuerto José Joaquín de Olmedo de Guayaquil, solo puede ingresar el pasajero (con su documento de identidad y pase de abordar) y un acompañante. El acompañante solo podrá dejar al pasajero en la terminal.
En el Aeropuerto Mariscal La Mar, de Cuenca, rige la misma medida, solo se permite un acompañante por pasajero.
Durante el toque de queda, los viajeros que deban trasladarse desde y hacia el aeropuerto
pueden circular con sus documentos de viaje: pasaporte o cédula y boleto aéreo o pase de
abordar.
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