Ley para erradicar violencia y acoso laboral está vigente, tras publicación en el Registro Oficial
La normativa incluye considerar la no desconexión digital del trabajo como acoso. El ministerio de Trabajo debe elaborar un reglamento.
Vista panorámica de la marcha por el Día del Trabajador en Quito, el 1 de mayo de 2024.
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La Ley reformatoria ratificada por la Asamblea Nacional para la erradicación de la violencia y el acoso laboral entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial, el 16 de mayo.
Desde el jueves empezó a correr el plazo de 180 días, dispuesto por los legisladores, para que el Ministerio de Trabajo elabore el reglamento que establecerá los parámetros de la normativa.
Uno de los puntos polémicos que se incluye en esta reforma se relaciona con la llamada 'desconexión digital', una figura que, si no es respetada, podrá ser considerada como violencia o acoso laboral.
Es decir, la desconexión digital permite que el trabajador no esté pendiente de su correo electrónico o teléfono celular al terminar la jornada laboral. De ser obligado a hacerlo, se invade su "tiempo de descanso, vacaciones, privacidad o tiempo personal".
Otra novedad del proyecto de ley es que el cambio de ocupación sin autorización expresa y escrita del trabajador constituirá "violencia psicológica y patrimonial" en caso haber reducción de la remuneración.
El Ministerio del Trabajo deberá valorar las conductas que se reporten como violencia y acoso laboral, según "las circunstancias del caso y la gravedad de las conductas denunciadas", señala la norma.
La legisladora María Teresa Pasquel, de la agrupación Gente Buena, dijo que la desconexión digital no significa que los trabajadores deban pensar que, apenas salió del trabajo y le llaman en 10 minutos, es acoso laboral.
"Esta ley no es para que los empresarios se preocupen (...) es para crear un buen ambiente laboral y esto genere autoestima, desarrollo y motivación", aseguró la asambleísta ante las preocupaciones expresadas por ciertos sectores.
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