Trabajo por horas: Tres claves para entender una de las preguntas de la consulta de Noboa
Para generar empleo, el presidente Daniel Noboa busca consultar a Ecuador si quiere volver al trabajo por horas y al contrato a plazo fijo.
Ventas informales en el centro de Guayaquil, septiembre de 2022.
API.
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La posibilidad de volver al trabajo por horas y al contrato a plazo fijo es una de las 10 preguntas de consulta popular planteadas por el presidente Daniel Noboa y que pasaron el primer filtro de la Corte Constitucional.
En 20 días, esta pregunta, junto a otras tres, tendrá que pasar un filtro adicional de la Corte Constitucional.
El trabajo por horas y el contrato a plazo fijo, que son figuras que existieron en el pasado en Ecuador, es la gran apuesta del Gobierno para generar empleo en Ecuador.
En el país, menos de 36 de cada 100 personas tienen un empleo pleno, donde se gana, al menos, el salario básico, y se trabaja al menos 40 horas a la semana. El resto; es decir, más de 5 millones de personas en edad de trabajar, tiene trabajos precarios o está en el desempleo.
Específicamente, la pregunta de Noboa plantea lo siguiente:
“¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código de Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores de acuerdo con el Anexo 12?”
A continuación, algunas claves para entender el alcance del cambio laboral que plantea el Gobierno.
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¿Qué es el trabajo por horas?
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El trabajo por horas es una figura que fue prohibida en Ecuador, cuando se aprobó la Constitución de 2008. El artículo 327 de la Constitución dice actualmente: "Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, la contratación laboral por horas, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva. El incumplimiento de obligaciones, el fraude, la simulación, y el enriquecimiento injusto en materia laboral se penalizarán y sancionarán de acuerdo con la ley". Si se aprueba la consulta popular planteada por Noboa, ese artículo de la Constitución dirá: "La relación laboral entre personas trabajadoras y empleadoras será bilateral y directa. Se prohíbe toda forma de precarización, como la intermediación laboral y la tercerización en las actividades propias y habituales de la empresa o persona empleadora, o cualquiera otra que afecte los derechos de las personas trabajadoras en forma individual o colectiva. El contrato a plazo fijo y por horas no constituyen formas de precarización laboral". En el anexo 12 de la pregunta se detalla que, de aprobarse esta consulta popular, el Ministerio del Trabajo deberá emitir un Acuerdo laboral para regular el trabajo por horas. Además, en ese documento, el Gobierno justifica el cambio en que se necesita una "flexibilidad" laboral para contener el aumento del desempleo y mejorar la competitividad del país. Y añade que, actualmente, hay más de 5 millones de personas trabajando en condiciones precarias o en el desempleo. Detalla que las provincias con índices más bajos de empleos adecuados son Napo, Morona Santiago, Pastaza y Chimborazo.
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¿Qué es el contrato a plazo fijo?
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El contrato a plazo fijo, es decir, de duración por un plazo determinado, fue eliminado en abril de 2015, por iniciativa del Gobierno del entonces presidente Rafael Correa. La figura fue cuestionada porque generaba alta inestabilidad laboral. Casi el 60% de los contratos en esa época eran a plazo fijo, cuestionó el gobierno de ese entonces. Pero, según el Gobierno de Daniel Noboa, la figura produjo un deterioro de los indicadores laborales del país, que pasaron de un índice de 52% de empleo pleno en marzo de 2015 a una tasa del 46% en septiembre de 2015. Actualmente, todo contrato laboral se vuelve indefinido luego de tres meses de prueba. En el caso de los contratos laborales para el sector productivo y los emergentes se vuelven indefinidos luego de dos años. Luego de ese plazo, si hay un despido, el empleador debe cumplir con el pago de derechos laborales, como desahucio e indemnización. Actualmente, el Código del Trabajo establece solo cuatro excepciones para esa regla, que son:
- Contratos por obra cierta, que no sean habituales en la actividad de la empresa o empleador.
- Los contratos eventuales, ocasionales y de temporada.
- De aprendizaje.
- Y los demás que determine la ley.
- Los contratos a plazo fijo.
- Los contratos por horas.
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A quiénes va dirigido el cambio laboral
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La abogada laboral Vanessa Veláquez explica que en el trabajo por horas y el contrato a plazo fijo se podrá usar cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador. La experta dice que es una medida necesaria para atender a población que hoy no accede a empleo, como jóvenes o trabajadores que son despedidos luego de cumplir 19 años por empresas que no quieren pagar la jubilación patronal. Pero cree que debería regularse de manera que no afecte los contratos ya existentes. De ahí que Velásquez cree que habría sido mejor que la pregunta aclare de manera textual que no se afectarán los "contratos existentes"; y, como no se hizo, tendrá que ser la Asamblea Nacional la que aclare que esta modalidad de contratación no afectará a los contratos existentes. Caso contrario, podría darse el riesgo que empleadores creen nuevas empresas para incorporar a sus antiguos trabajadores bajo la modalidad de contratos por hora, vulnerando derechos de antigüedad adquiridos. Los sindicalistas del Frente Unitario de Trabajadores (FUT) se han pronunciado abiertamente en contra de la pregunta de Noboa, por considerar que es una regresión de derechos laborales.
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