Gobierno suspende la jornada laboral el 18 y 19 de abril, en medio de los cortes de luz
El Ministerio de Trabajo precisó cómo será la suspensión de la jornada laboral en Ecuador el 18 y 18 de abril de 2024.
Imagen referencial de una trabajadora, 22 de marzo de 2024.
Facebook Ministerio de Producción.
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El Gobierno de Ecuador suspendió la jornada laboral para el 18 y 19 de abril de 2024, a través del Decreto Ejecutivo 226.
"Sin embargo, se deberá garantizar los servicios básicos, salud, seguridad, terminales aéreos, marítimos, fluviales y otros sectores estratégicos", precisó un comunicado del Ministerio de Trabajo.
Agregó que "las entidades públicas encargadas de la atención de emergencias y riesgos deberán realizar todas las acciones necesarias para superar las mismas".
Y por último, pide al Consejo Nacional Electoral (CNE) "tomas todas las medidas pertinentes con su personal y el de contratistas, así como los integrantes de las juntas receptoras del voto, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de la consulta popular y el referéndum del 21 de abril de 2024".
La administración del presidente Daniel Noboa no detalla el motivo para declarar dos días de "feriado" laboral. Sin embargo, la decisión coincide con la crisis eléctrica que vive el país, que ha derivado en cortes de luz de hasta seis horas al día; y con la consulta popular y el referéndum que se realizarán en cuatro días.
Lo hizo en medio de la crisis energética que vive el país, que ha derivado en cortes de luz de hasta seis horas y a cuatro días de la consulta popular y el referéndum.
"Decreta suspender la jornada de trabajo, tanto para el sector público como para el privado, los días jueves 18 y viernes 19 de abril de 2024", sostiene le Decreto Ejecutivo 226.
Agrega que "la jornada de trabajo suspendida (...) será recuperable en el sector público, a través de una hora adicional durante los días laborables subsiguientes".
Eso quiere decir que los trabajadores del sector público en Ecuador deberán recuperar durante los 16 días siguientes, a partir del 22 de abril.
El Ministerio de Trabajo enfatizó que "la Constitución ordena: Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, servidores públicos y personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley".
En cambio, "en el sector privado, la forma de recuperación será la determinada de mutuo acuerdo por empleadores y trabajadores, pudiéndose acoger a lo anterior", dice el decreto.
Por su parte, el Ministerio de Trabajo detalló que "el sector privado acatará con criterio discrecional lo dispuesto en el decreto, respetando los derechos laborales y procurando mantener las actividades que no pueden paralizarse".
En ese contexto, el Ministerio de Educación confirmó la suspensión de las clases en todas las instituciones educativas el 18 y 19 de abril. Lo hizo a las 12:44 del 17 de abril.
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