SRI amplía plazos para la declaración del IVA de ciertos negocios
El Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo para la declaración y pago de obligaciones tributarias de los contribuyentes excluidos del RIMPE.
Un operativo de control del SRI en TENA, en marzo de 2023.
@SRIoficialEc
Autor:
Actualizada:
Compartir:
Con su resolución del 6 de abril de 2023, el Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo para la presentación y pago de las declaraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Retenciones en la Fuente y Anexo Transaccional Simplificado (ATS) de los períodos de enero, febrero y marzo de 2023.
La medida aplica para los contribuyentes que hayan sido excluidos del régimen RIMPE (para emprendedores y negocios populares), por dedicarse a las siguientes actividades:
- Venta al por menor por comisionistas, incluye actividades de casas de subastas (al por menor).
- Intermediarios del comercio de productos diversos.
- Intermediarios del comercio de combustibles, minerales, metales y productos químicos industriales, incluidos abonos.
- Intermediarios del comercio de maquinaria, equipo industrial, embarcaciones y aeronaves.
- Intermediario del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero.
- Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabacos.
- Intermediarios del comercio de materias primas agrarias, animales vivos, materias primas textiles y productos semielaborados.
Este grupo de contribuyentes podrá presentar las declaraciones y pagar las obligaciones tributarias de acuerdo al calendario de pagos establecido para mayo, de acuerdo con el noveno dígito del RUC. Esto no implicará la generación de intereses ni multas.
Compartir: