Domingo, 30 de junio de 2024

Emiten reglamento para revisar millonarios contratos colectivos de empresas públicas

Autor:

Redacción Primicias

Actualizada:

11 Jun 2024 - 18:13

El Ministerio de Trabajo expidió el Reglamento de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales para el sector privado y público en Ecuador.

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, en una comparecencia en la Asamblea el 30 de mayo de 2024.

Autor: Redacción Primicias

Actualizada:

11 Jun 2024 - 18:13

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, en una comparecencia en la Asamblea el 30 de mayo de 2024. - Foto: Ministerio de Trabajo

El Ministerio de Trabajo expidió el Reglamento de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales para el sector privado y público en Ecuador.

Los contratos colectivos de empresas públicas en Ecuador irán a revisión, una vez que este martes, 11 de junio de 2024, el Gobierno del presidente Daniel Noboa emitió el reglamento correspondiente, a través del Ministerio de Trabajo.

El instrumento legal de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales para el sector privado y público fue emitido por la principal autoridad de esta cartera de Estado, Ivonne Núñez. Se trata del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-080.

El documento establece las partes que intervienen en la presentación, negociación y suscripción de los contratos colectivos de trabajo. La normativa surge después de que autoridades del Gobierno denunciaran "sueldos dorados" en eléctricas y otras empresas estatales, como el caso de un funcionario de CNEL que ganaría USD 13.500 al mes.

Los alcances del acuerdo ministerial

Con este Acuerdo, el Ministerio del Trabajo efectuará una revisión de los contratos colectivos y actas transaccionales suscritos en las instituciones, entidades, organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados, empresas públicas y demás entes correspondientes, con la finalidad de determinar si previa su suscripción, contaron con el dictamen obligatorio y vinculante por parte del Ministerio de Economía y Finanzas.

En esta línea, se verificará que los gerentes y administradores y quienes ejerzan la representación legal en las entidades y empresas públicas o sociedades mercantiles en las que el Estado o sus instituciones tengan mayoría accionaria, comprendidas en la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), bajo ningún concepto se beneficien de las cláusulas de la contratación colectiva.

Desde esta cartera de Estado, se realizará el control posterior de los contratos colectivos suscritos en las Empresas Públicas o en las entidades de derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos, a fin de verificar que estén excluidos de la contratación colectiva, los servidores públicos de libre designación y remoción.

Además, de quienes ocupen cargos ejecutivos, dirección, representación, gerencia, asesoría, de confianza, apoderados generales, consultores y los servidores públicos de carrera, servidores y funcionarios sujetos a regímenes diferentes al Código del Trabajo.

Las disposiciones contempladas son de aplicación obligatoria, tanto en el sector privado, como en las instituciones, entidades, organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados, empresas públicas y demás instituciones señaladas en el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador.

El incumplimiento de este Acuerdo por parte de las entidades público y privadas, será notificado por este Ministerio, a la respectiva autoridad nominadora y a la Contraloría General del Estado.

“Nuestra prioridad es aportar con políticas públicas que den respuesta a las necesidades del Nuevo Ecuador”, señaló Ivonne Núñez, ministra del Trabajo.

La revisión de los sueldos de los burócratas forman parte de los ajustes económicos del Gobierno de Daniel Noboa para enfrentar el déficit fiscal.