Esta es la reforma tributaria que el Gobierno envió al Registro Oficial
La reforma tributaria entró en vigencia para los contribuyentes. La reforma recaudará más de USD 1.900 millones en los primeros dos años de vigencia.
Una vista panorámica de una de las agencias del SRI, en el norte de Quito, en mayo de 2020.
Twitter Cesar Tagore.
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Nota actualizada a las 18:05, del 29 de noviembre, con el texto publicado en el Registro Oficial.
El presidente, Guillermo Lasso, envió el lunes 29 de noviembre de 2021 al Registro Oficial la Ley Orgánica de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, tras entrar en vigencia por el ministerio de la ley.
La reforma tributaria será publicada en el Registro Oficial hoy, a las 17:00 y, con ello, entrará en vigencia, informa Hugo del Pozo, director de la entidad.
La reforma tributaria generará más de USD 1.900 millones en nuevos ingresos fiscales a favor del Estado en los años 2022 y 2023.
La nueva ley fija que, quienes tengan ingresos de más de USD 2.000 al mes, deberán pagar más Impuesto a la Renta. Además, establece una contribución de quienes posean un patrimonio de USD 1 millón o de USD 2 millones si están en sociedad conyugal.
La ley, además, rebaja y elimina impuestos para ciertos bienes y servicios como productos de higiene femenina y planes de telefonía celular.
Además, la reforma tributaria establece que las empresas con un patrimonio superior a los USD 5 millones harán una contribución solidaria de 0,8% durante dos años.
Esta reforma tributaria también elimina el actual régimen de microempresas, que será sustituido por un nuevo régimen para emprendedores y negocios populares.
Los principales cambios de la reforma tributaria son:
A). Quiénes pagan más IR
La nueva ley establece un aumento en el Impuesto a la Renta (IR) a partir de un cierto umbral de ingresos anuales.
Según el Ministerio de Finanzas, "pagarán más quienes más tienen y no se toca a quienes menos (ingresos, ndr) tienen".
La ley contempla un "incremento mínimo" del IR, empezando por quienes tengan ingresos mensuales de USD 2.000 al mes.
Estas personas pagarán un promedio de USD 28 mensuales o USD 336 año. Hasta ahora, estos contribuyentes pagan USD 13,05 al mes o USD 156 anuales por concepto de Impuesto a la Renta. Es decir, se duplica el monto a pagar.
Quienes tengan ingresos anuales de USD 25.000 (o ingresos de USD 2.083 al mes) están en la franja impositiva de entre USD 21.630 a 31.630, lo que significa que pagarán un impuesto del 15% sobre su renta anual.
Pero el incremento en el pago de Impuesto a la Renta se notará más entre quienes tengan ingresos anuales superiores a USD 31.630, o de USD 2.635 mensuales en adelante.
En la ley tributaria actual se establece que del total de ingresos anuales, se podían deducir los gastos personales en renglones como salud y educación.
Pero la nueva ley establece la eliminación de los gastos declarados de las personas naturales, pero a cambio habrá un crédito tributario.
B). La 'crema' de la renta
Quienes perciben ingresos de entre USD 31.630 y USD 41.630 anuales, es decir, de entre USD 2.635 y de USD 3.469 al mes, pagarán un 20% de Impuesto a la Renta desde 2022.
En la ley vigente -hasta 2021- este rango de personas pagaba el 15% de Impuesto a la Renta. Estamos hablando de un 5% más desde el próximo año.
Mientras que las personas naturales que perciben ingresos de entre USD 41.630 y USD 51.630 anuales pagarán un 25% de IR, frente al 20% actual.
Quienes perciben entre USD 51.630 a USD 61.630 pagarán el 30%: se trata de 10% más de lo que hasta ahora pagaban (que era un 20%).
Para el rango de ingresos anuales de USD 61.630 a 100.000, los contribuyentes pagarán un 35% de Impuesto a la Renta frente al 20% actual, es decir un 15% más.
En esta nueva reforma se incluye un décimo tramo o rango de Impuesto a la Renta. Se aplicará para quienes ganen ingresos anuales superiores a los USD 100.000, que deberán pagar una tasa de 37% de Impuesto a la Renta, como lo muestra la siguiente tabla:
De acuerdo con los cálculos del Ministerio de Finanzas, el incremento del IR dejaría una recaudación superior a los USD 460 millones.
C). Impuesto al patrimonio
La ley fija una contribución especial, por un año, para las personas que tengan un patrimonio de más de USD 1 millón y de USD 2 millones si se consideran las llamadas sociedades conyugales.
La contribución recaerá en cerca de 6.000 personas.
Según las cuentas del Ministerio de Finanzas, la recaudación por esta contribución especial alcanzará entre los USD 320 millones y los USD 260 millones.
D). Y las empresas qué
La nueva ley fijó una contribución de las empresas que generaron utilidad durante la pandemia de coronavirus.
La ley establece que las empresas con un patrimonio superior a los USD 5 millones harán una contribución solidaria de 0,8% durante dos años.
Alrededor de 1.931 empresas pagarán la tasa del 0,8%. Por ejemplo, una empresa con un patrimonio de USD 5 millones pagará una contribución de USD 40.000.
La contribución de las empresas permitirá que la recaudación alcance los USD 468 millones cada año.
De ese total, unos USD 419,4 millones provendrán de la contribución especial de las empresas con patrimonios superiores a los USD 10 millones.
Además, Finanzas prevé que el 66% del total de la contribución anual salga de las empresas de los sectores: financiero y de seguros, comercio, manufacturero y de minería.
E). Activos afuera
La reforma tributaria regularizó los activos en el exterior, es decir, que las personas que tienen capitales o inversiones fuera del país deberán reportarlas al SRI y pagar Impuesto a la Renta en el futuro sobre ese dinero o bienes.
Básicamente, la reforma llevará a las personas con residencia fiscal en el extranjero, pero con negocios en el país, a que reporten sus ingresos globales y que paguen tributos. Incluso, si los capitales están en paraísos fiscales.
Con la ley, los contribuyentes tendrán hasta marzo, junio y diciembre de cada año para declarar sus activos en el extranjero ante el SRI. Mientras más se demore un contribuyente en declararlos, más alta será la tasa que deberá pagar por ellos.
Según Finanzas, la recaudación de impuestos por la regulación de los activos llegará a los USD 200 millones.
F). Nuevo régimen para emprendedores
La ley crea un régimen simplificado para emprendedores y para negocios populares (RIMPE), que estará vigente durante tres años.
Aplica el pago de este tributo para los emprendimientos que no tengan ingresos brutos superiores a los USD 300.000 al año.
Los negocios populares también pagarán cuando sus ingresos brutos no hayan excedido los USD 20.000 anuales.
Por ingresos brutos se entenderán los percibidos por el sujeto, menos descuentos y devoluciones.
G). IVA, ICE
La ley fijó la reducción de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% hasta el 8% a la prestación de los servicios definidos como actividades turísticas hasta por un máximo de 12 días al año durante feriados o fines de semana, para impulsar el turismo.
Y exoneró del pago del IVA a los siguientes servicios:
- Los prestados por las Cámaras de la producción, sindicatos y similares, que cobren a sus miembros cánones, alícuotas o cuotas que no excedan USD 1.500 anuales.
- Los servicios prestados por establecimientos de alojamiento a turistas extranjeros, que permanezcan en el país menos de 90 días. Dichos establecimientos deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo y contar con la Licencia Única Anual de Funcionamiento.
También definió tarifa de IVA de 0% para la compra de vehículos eléctricos e híbridos y paneles solares, con el fin de impulsar el cambio energético.
Además, la ley eliminó el IVA a las toallas sanitarias, implementos de higiene femenina y pañales populares (industria nacional).
Este último cambio deberá ser plasmado en un Decreto Ejecutivo, tras informe favorable del Ministerio de Finanzas.
También hubo cambios en el Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
En adelante, el Presidente de la República, mediante Decreto Ejecutivo, podrá reducir la tarifa del ICE en cualquier momento, previo a un dictamen favorable del Ministerio de Finanzas.
La ley establece la exoneración del pago del Impuesto a la Herencia a los familiares dentro del primer grado de consanguinidad.
Tampoco se cobrará este impuesto en el caso de que el beneficiario sea uno de los cónyuges supervivientes, siempre que no existan hijos que puedan acceder a la herencia.
Mire aquí el texto de la reforma:
La tarde del 29 de noviembre, la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal Tras la Pandemia Covid-19 fue publicada en el tercer suplemento del Registro Oficial No. 587.
En este enlace encontrará el texto completo.
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