USD 56,7 millones de la multa de Odebrecht irán al Presupuesto del Estado
La Superintendencia de Control del Poder de Mercado puede cobrar por vía coactiva la millonaria multa a la brasileña Odebrecht, una vez esté en firme.
Imagen panorámica en 2019 del proyecto hidroeléctrico Manduriacu se encuentra ubicado en las parroquias de Pacto (Quito) y García Moreno(Cotacachi).
Celec
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Los incrementos de precios y la entrega de contratos por emergencia son parte de los elementos que llevaron a la Superintendencia de Control del Poder de Mercado a imponer una millonaria multa a la constructora brasileña Odebrecht por dos obras en Ecuador.
La multa, que asciende a USD 56,7 millones, se origina en “un acuerdo colusorio vertical” en la contratación de la hidroeléctrica Manduriacu y la reparación del túnel de carga de la hidroeléctrica Pucará.
La entidad de control también multó con USD 1,3 millones al holding estatal Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec), que fue la entidad contratante de esas obras.
En entrevista con PRIMICIAS, Patricio Pozo, intendente subrogante de Investigación y Control de Abuso del Poder de Mercado de la Superintendencia, explica el proceso que llevó a cabo para imponer la multa a Odebrecht.
Odebrecht y Celec han sido multadas por un acuerdo colusorio vertical, ¿qué significa ese tipo de acuerdo?
Se trata de un pacto entre una entidad contratante, en este caso Celec, y un proveedor, que es Odebrecht, con el único afán de favorecer a un determinado operador económico con un contrato.
Es decir, una entidad contratante direcciona un proceso de contratación a favor de un proveedor, lo que falsea el mercado. Es decir, restringe la participación de otros oferentes y de la libre competencia.
Una vez esté en firme, la multa a Odebrecht constituirá un hito, por ser la sanción económica más alta impuesta, hasta ahora, por el organismo a un operador económico por colusión.
¿Qué motiva el inicio del proceso Odebrecht y Celec?
El expediente inicia en 2019 de oficio. Teníamos una serie de elementos que eran públicos, a partir de los casos de sobornos resueltos por la Corte Nacional de Justicia.
Contamos con copias certificadas de informes de la Procuraduría General del Estado sobre las centrales hidroeléctricas Manduriacu y Pucará.
Esos elementos fueros suficientes para dar apertura a un expediente.
Dentro del proceso, ¿qué se analizó?
Evaluamos cómo la actuación de estos operadores económicos llegó a restringir la libre competencia del mercado; es decir, cómo se desarrolló el proceso de contratación pública y cómo el esquema de sobornos que montó Odebrecht habría falseado la competencia.
¿Qué elementos se tomaron en cuenta durante el proceso?
Un elemento fue que hubo sobornos y que el operador falseó el mercado. Los sobornos de Odebrecht no nos tocó probar como organismo de control, pues eso ya lo corroboró la Corte Nacional de Justicia.
Entre 2007 y 2016, Odebrecht hizo pagos de sobornos por USD 33,5 millones y se habría beneficiado en más de USD 116 millones como resultado de esos pagos. Eso consta en los procesos de la Corte. Este esquema de coimas también consta en un acuerdo de colaboración suscrito por el abogado de Odebrecht ante la justicia estadounidense.
Con los sobornos, Celec direccionaba los contratos a favor de Odebrecht y no permitía que otras empresas compitan con base en sus méritos empresariales, lo que restringe la libre competencia.
Celec direccionaba los contratos a favor de Odebrecht.
Solo el esquema de sobornos es suficiente para determinar que hay un falseamiento de mercado.
¿Por qué la investigación de la Superintendencia se enfocó en las obras de Manduriacu y Pucará?
Aparte de los elementos mencionados, como el pago de sobornos, no existe evidencia de que las ofertas de Odebrecht para hacer esas obras se hayan realizado en actos públicos (Ndlr: el funcionario se refiere al proyecto hidroeléctrico Manduriacu). Ese es otro indicio de restricción a la libre competencia del mercado dentro del proceso.
Otro elemento fue que la hidroeléctrica Manduriacu y la reparación del túnel de Pucará fueron las únicas adjudicadas a Odebrecht bajo régimen especial y de emergencia. Por eso nos concentramos en esas contrataciones.
Manduriacu y el túnel de Pucará se adjudicaron a Odebrecht por régimen especial y emergencia.
Otro elemento de alerta fue que las obras sufrieron incrementos de precios a lo largo de su construcción.
El presupuesto referencial inicial para la reparación del túnel de Pucará era de USD 14,9 millones, pero el Estado pagó USD 41,1 millones. Manduriacu terminó costando USD 222,3 millones, pese a que el valor inicial fue de USD 118,5 millones.
Todos estos elementos levantaron las alertas.
Los sobornos en el caso Odebrecht incluye otras obras, ¿hay más investigaciones en marcha en la Superintendencia?
La Superintendencia tiene la facultad de abrir varios expedientes y analizar los procesos de contratación pública. No podemos decir si hay otros procesos abiertos porque tienen reserva.
¿Cómo se llegó al valor de multa de USD 56,7 millones para Odebrecht y de USD 1,3 millones para Celec?
En la definición de las multas influyen los roles de los operadores económicos, es decir, Celec como contratante y Odebrecht como adjudicataria.
La Superintendencia también calculó el beneficio anticompetitivo que ha tenido el adjudicatario de las obras, es decir, Odebrecht, por este esquema de colusorio a través de sobornos.
La metodología se basa en determinar cuál habría sido el precio de las obras si no hubiera habido este esquema colusorio.
¿Los operadores han presentado ya recursos para impugnar la multa?
No. Los recursos que quedan son apelación ante la propia Superintendencia o acciones por la vía judicial.
Una vez concluyan esos procesos, ¿a dónde van los recursos que se cobren por la multa?
El dinero por la multa va al Presupuesto General del Estado.
¿Cómo se pueden cobrar esos recursos?
Una vez que esté en firme la multa, la Superintendencia tiene una facultad de ejercer jurisdicción coactiva para que Odebrecht pague o dimita bienes.
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