Motos eléctricas: ¿se requiere licencia y matrícula para conducirlas?
El gancho de los negocios para vender motos eléctricas es que no requieren de licencia. La Ley exige este documento para todo vehículo a motor.
Imagen referencial de una moto eléctrica en una urbanización de Guayaquil, en agosto de 2023.
PRIMICIAS.
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Cada vez es más frecuente ver en las calles de Ecuador pequeñas motos que funcionan con batería de carga eléctrica, que alcanzan velocidades de entre 35 km y 80 km por hora, según el modelo.
Ecuador importó 70.037 motos en 2022. Es un aumento de 57% frente a las 44.475 motos importadas en 2020, según el Servicio Nacional de Aduana de Ecuador (Senae).
Y en lo que va de 2023, el país ya ha importado 73.779 de motocicletas, con lo que ya se superó las cifras de 2022.
En total, durante los últimos tres años, Ecuador ha comprado 239.557 motocicletas del exterior. El 98% de esas unidades provino de China, según la Aduana.
Una fiebre por las motos eléctricas
Uno de los factores que ha incidido en la mayor demanda de estos vehículos es su precio.
Entre los modelos más económicos que se venden incluso en cadenas de supermercados está el conocido como "EBI" o "EB".
Este modelo tiene precios de entre USD 499 y USD 599 y alcanza una velocidad de entre 30 y 35 kilómetros por hora. Esta moto no es apta para subir cuestas o calles empinadas.
Se trata de una pequeña moto eléctrica que puede recorrer hasta 65 kilómetros sin necesitar nueva carga, a esto se le conoce como "autonomía".
Pero también hay otros modelos, como los que vende la empresa Ecomove, que cuestan USD 1.400, pero que alcanzan una velocidad de hasta 80 kilómetros y que, al tener un motor de más potencia, pueden subir las calles empinadas de Quito.
En Niu Ecuador también venden modelos como el UQi, que tiene una velocidad de 45 kilómetros por hora y autonomía de hasta 55 kilómetros, por USD 2.290.
Otra de las características que llama la atención de estas motos es que no requieren de una instalación especial para cargarlas o ir a una "electrolinera", como ocurre con algunos carros eléctricos.
Estas motos se pueden cargar en tomacorrientes de 110 voltios, en el hogar, y toma entre seis y ocho horas cargarlas por completo.
¿Motos, scooters o juguetes?
Debido a que hay negocios que los promocionan como "scooters" y otros, como motos, en medio de la fiebre por estos vehículos, ya han surgido incidentes.
Como el ocurrido durante los primeros días de septiembre de 2023. En redes sociales se viralizó un video en el que dos mujeres discuten, en Quito, porque una de ellas circulaba dentro de la ciclovía con uno de estos vehículos motorizados eléctricos.
Una de ellas defendía que su vehículo era un scooter y podía circular en la ciclovía, pero la otra mujer la increpaba diciendo que su vehículo tenía un motor y, por lo tanto, no debía estar en esa área.
El incidente motivó un pronunciamiento del alcalde de Quito, Pabel Muñoz, quien aseguró que trabajará en una normativa para regular la circulación de este tipo de vehículos.
El director de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) Ernesto Varas, explicó que existe un vacío legal que permite que estos vehículos circulen en las calles de Ecuador sin placas y sin una norma que regule en dónde se pueden usar.
Varas precisó que los municipios de cada cantón deben emitir resoluciones que regulen qué tipo de vehículos motorizados requieren matriculación y, por lo tanto, una placa.
Varas agrega, además, que hay importadores que traen al país estas motos declarándolas ante la Aduana como juguetes, no como vehículos. En consecuencia, no están homologados ante la ANT.
La homologación es un requisito básico para importar vehículos motorizados y para matricularlos.
Los vacíos legales persisten
Quienes venden estos tipos de vehículos motorizados explican a los interesados que no se requiere matricularlos ni que el conductor tenga licencia.
PRIMICIAS visitó dos locales de ventas de estas motos en Quito. En ambos establecimientos, los vendedores explicaron que para estas motos eléctricas no se requiere licencia de conducir.
Sin embargo, el artículo 90 la Ley de Tránsito establece que para conducir vehículos a motor en Ecuador se requiere ser mayor de edad y haber obtenido una licencia de conducir.
Según la Ley de Tránsito, para los ciclomotores, motocicletas, tricares y cuadrones se requiere la licencia tipo A.
Varas cree que, debido a que los negocios los promocionan como juguetes, les dicen a los compradores que no necesitan licencia, ya que "en teoría", no se consideran vehículos motorizados.
Sin embargo, Varas aclara que si se importan como juguetes estos vehículos no deben circular por las vías, sino solo en parques.
Y le preocupa que el auge de este tipo de vehículos y los vacíos legales deriven en accidentes graves, sobre todo porque hay menores de edad que suelen usar estas motos.
De ahí que su administración está preparando un proyecto de reforma para la Ley de Tránsito, para que terminen los problemas por estos vacíos legales.
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