Ministerio de Trabajo publica protocolo para denunciar acoso laboral
El Ministerio de Trabajo publicó el protocolo el 25 de noviembre de 2020, en el Día Internacional de la Eliminación de Violencia contra la Mujer.
Lanzamiento del protocolo para denunciar el acoso laboral, el 25 de noviembre de 2020
Ministerio de Trabajo/Twitter
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El Ministerio de Trabajo emitió el Protocolo de prevención y atención de casos de discriminación, acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo.
La normativa rige tanto a los espacios de trabajo públicos como privados de Ecuador.
Un punto importante de la normativa es que se entenderá como denuncia al acto a través del cual los trabajadores se consideren víctimas o sean testigos de:
- Discriminación
- Acoso laboral
- Violencia contra la mujer
PRIMICIAS le presenta una guía sobre los pasos del protocolo:
Sector público
- 1
Denuncia
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La denuncia deberá ser receptada de forma oficial en la Unidad de Administración del Talento Humano o ante la máxima autoridad o su delegado.
- 2
Análisis inicial
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En un plazo máximo de 10 días la persona encargada de la Unidad de Administración del Talento Humano deberá recopilar información útil para el caso.
Puede incluir análisis de los expedientes personales y testimonios de los implicados, siempre y cuando se proceda bajo confidencialidad.
También se puede acudir a la valoración de un profesional con conocimientos o capacitada en riesgos psicosociales.
- 3
Intervención
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Una vez aceptada la valoración inicial y de tener indicios de la existencia de prácticas de discriminación, acoso laboral o toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo, se recomienda crear un Comité Asesor que:
- Estará integrado por un delegado de la máxima autoridad y por el responsable de prevención de riesgos laborales.
- Podrá solicitar información adicional a la recopilada en la valoración inicial, su investigación no podrá durar más de 10 días laborales.
- Pedirá a la persona acusada pruebas de descargo para garantizar su derecho a la defensa.
- Remitirá un informe final con la recomendación pertinente.
- En caso de existir la presunción de que se haya cometido una falta se remitirá el expediente a la Unidad de Administración
del Talento Humano para que resuelva lo que corresponda
en el ámbito del régimen disciplinario.
- 4
Seguimiento y control
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La Unidad de Administración de Talento Humano deberá realizar un registro y seguimiento de los casos de discriminación, acoso laboral y toda forma de violencia contra la mujer en los espacios de trabajo.
Asimismo, la Unidad reportará trimestralmente al Ministerio del Trabajo los registros de denuncias sobre el tema y las acciones implementadas.
Sector privado
El protocolo para denunciar discriminación, acoso y violencia contra la mujer en las empresas privadas es similar al del sector público, aunque tiene algunos cambios que se describen a continuación:
- 1
Intervención
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Las organizaciones y empresas medianas y grandes deberán tener un Comité Asesor, que estará conformado por:
- Médico institucional u ocupacional.
- Delegado del representante legal o por la Dirección de la
empresa que posea la facultad de establecer medidas
disciplinarias. - Responsable de prevención de riesgos laborales.
- Delegado de Trabajo Social (en caso de existir).
- 2
Seguimiento y control
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En el caso del sector privado, las empresas deberá presentar los registros del seguimiento y atención de casos de denuncia cuando haya una inspección de trabajo por casos de discriminación y acoso laboral.
Reparación
El protocolo además de establecer los pasos para denunciar la violencia contra la mujer establece una serie de medidas de reparación para las víctimas.
- 1
Atención psicológica
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Los servidores públicos y trabajadores tendrá derecho a recibir la atención psicológica a través del Ministerio de Salud Pública o el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, hasta conseguir su restablecimiento.
- 2
Sanciones
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En caso de confirmar la agresión en sel sector público, se aplicará el régimen disciplinario correspondiente conforme a la normativa laboral vigente.
En el sector privado las sanciones se aplicarán de conformidad a lo establecido en sus reglamentos internos, previo a la aprobación del Ministerio del Trabajo, la cual no superará el 10% de la remuneración del trabajador.
Las conductas que se denuncien como acoso laboral pueden ser consideradas causal para solicitar visto bueno ante el inspector de trabajo.
Aquí puede ver el protocolo completo:
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