Dos acuerdos ministeriales regulan el retorno progresivo al trabajo presencial en el país
Según los acuerdos del Ministerio de Trabajo, los empleadores tendrán la potestad de determinar qué trabajadores, inmunizados o no contra el Covid-19, deberán laborar presencialmente.
Trabajadores en una planta procesadora de camarón en la provincia de Manabí, en 2020.
Cortesía CNA
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El viernes 9 de julio de 2021, el Ministerio del Trabajo emitió dos Acuerdos Ministeriales con las directrices para el retorno progresivo y seguro a las actividades laborales presenciales en el sector privado y sector público, respectivamente.
Según el Ministerio, las normas detallan el proceso a seguir para el regreso presencial en medio de la pandemia de Covid-19. Además las medidas se basan en la Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales.
Este documento fue aprobado por el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional.
“Buscamos contar con medidas de prevención para un retorno progresivo y seguro a las actividades presenciales de trabajo a fin de reducir el riesgo de contagio y promover la reactivación económica, productiva y el empleo”, explicó Patricio Donoso, Ministro del Trabajo.
Cuáles son los lineamientos
La adopción de los lineamientos establecidos en la Guía será de aplicación obligatoria tanto para el sector público y privado.
Según los acuerdos los empleadores tendrán la potestad de determinar
qué trabajadores, inmunizados o no, deberán laborar presencialmente, siempre que no se contraponga a las disposiciones establecidas en la Guía.
Además, la exposición al Covid-19 no se considera una causa justificada para el no retorno presencial al ambiente laboral.
El Ministerio del Trabajo realizará los controles y las verificaciones necesarias para precautelar la salud de los trabajadores.
En caso de incumplirlas los empleadores serán sancionados por los inspectores de trabajo con una multa de un salario básico unificado.
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