Ley de Finanzas Públicas: gobierno logra cumplir compromiso con el FMI
La Asamblea Nacional agotó el tiempo para analizar el veto parcial del Ejecutivo a la Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas, que entrará al registro oficial sin modificaciones.
La Comisión de Régimen Económico, en sesión del 5 de junio de 2020.
Asamblea Nacional
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El miércoles 15 de julio de 2020 venció el plazo para que la Asamblea Nacional se allane a la objeción parcial del Ejecutivo o se ratifique en el texto original de la Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.
Vencido el plazo para su discusión en el Legislativo, las 16 observaciones del Ejecutivo se incorporarán automáticamente a la norma aprobada por la Asamblea, antes de ser publicada en el registro oficial para su entrada en vigor.
La Ley era uno de los hitos que Ecuador se había comprometido a cumplir en el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Según el constitucionalista, Juan Francisco Guerrero, la falta de votos y de acuerdos en el Pleno impidieron que se tramitara la objeción parcial del Ejecutivo.
El experto en Derecho Constitucional, André Benavides, advierte que una vez publicada la Ley en el registro oficial podría desembocar en demandas de inconstitucionalidad.
"Más allá de eso, la Asamblea ya perdió la competencia para tratar el veto y ya no puede hacer nada", dice.
Entre las 16 observaciones de la objeción parcial sobresale la nueva programación para cumplir el límite de la deuda pública de 40% del PIB. Originalmente, el plazo vencía en 2021.
El Ejecutivo planteó que la meta de reducir la deuda pública a 40% del PIB se postergue para 2032, debido a los problemas económicos por el impacto de la pandemia de Covid-19.
Para cumplir ese plazo estableció el siguiente cronograma:
- Reducir la deuda hasta el 57% del PIB hasta 2025.
- Hasta el 45% del PIB a 2030.
- A 40% del PIB a 2032.
Otra observación del Ejecutivo que no pudo ser discutida fue la opción que tendrá el Ministerio de Finanzas para emitir las directrices de techos o límites presupuestarios globales, institucionales y de gasto de las empresas públicas.
Esa propuesta fue criticada en la Asamblea porque le resta independencia financiera a las empresas públicas. Pese a las críticas, la norma entrará en vigencia sin modificaciones.
La legisladora de SUMA, Gabriela Larreátegui, afirma que la ley fue uno de los insumos que le permitió al Gobierno conseguir respaldo para regengociar la deuda externa en bonos Global.
¿Por qué? "Esta ley obliga al país a tener un mejor manejo de las finanzas, a respetar las reglas fiscales y los acreedores de los bonos ven que Ecuador hace avances para mejorar sus finanzas públicas".
Claves para el manejo fiscal
La Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas establece varios elementos clave para mejorar el manejo del dinero público.
Entre ellos, la autonomía presupuestaria de la seguridad social, la creación de un fondo de estabilización para paliar crisis y un seguro de cobertura petrolera y minera para proteger al país frente a una eventual caída de los precios del crudo y de los minerales que el país exporta.
Los puntos claves de la ley son:
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La Seguridad Social no es parte del Gobierno Central
Al inicio, el proyecto de ley le daba potestad al Ministerio de Finanzas para fijar techos presupuestarios y establecer límites a las instituciones públicas que están por fuera del Presupuesto General del Estado.
Entre ellas las instituciones de la seguridad social y los gobiernos seccionales.
En la Asamblea, esa propuesta fue negada y se estableció que las instituciones antes señaladas no formarán parte del Sector Público No Financiero y que gozarán de independencia.
En la ley también consta la autonomía de el Banco Central y del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS).
Los fondos de los gobiernos seccionales y de la seguridad social "son propios de cada institución y distintos de los del Gobierno Central, es decir, no son parte del Presupuesto General del Estado", consta en la Ley.
En el caso de los gobiernos seccionales, que son considerados autónomos del Ejecutivo, el Ministerio de Finanzas puede modificar los presupuestos, siempre y cuando haya un "aumento o disminución de los ingresos permanentes o no permanentes".
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Modificar el presupuesto un 5%
La nueva ley establece límites al Ministerio de Finanzas a la hora de modificar el Presupuesto, una vez que sea aprobado por la Asamblea Nacional.
Antes, el Ministerio de Finanzas tenía la facultad para incrementar el Presupuesto hasta en un 15% ahora sólo podrá hacerlo hasta en un 5%.
Un fondo de ahorro
La nueva ley crea un fondo de ahorro para mitigar el impacto negativo de los riesgos fiscales (eventos imprevistos) en las finanzas públicas. Ese documento estará anexado a la Proforma Presupuestaria.
Cada año el Ministerio de Finanzas deberá preparar y expedir la “política de prevención, mitigación y gestión de riesgos fiscales” con cobertura del Sector Público no Financiero y la Seguridad Social.
La asignación para este fondo no podrá ser superior al 3% del gasto total del Presupuesto, siempre y cuando este porcentaje no afecte a sectores prioritarios.
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Seguro petrolero y minero
Ecuador contará con un seguro petrolero y minero para protegerse de las fluctuaciones de los precios del crudo y de los minerales en el mercado mundial.
La ley faculta al Ministerio de Finanzas a contratar este tipo de mecanismos para alcanzar un ingreso mínimo en la comercialización de estos bienes primarios.
El vicepresidente del Colegio de Ingeniería, Minas, Petróleos y Ambiental, Fernando Reyes, resaltó la importancia de adquirir este tipo de seguros, "ya que evitarán pérdidas cuando baje el precio del crudo".
"Si en Ecuador seguimos fijando un precio de venta promedio del petróleo para establecer el Presupuesto del Estado, el seguro es una buena opción cuando el precio internacional de crudo baje", dijo Reyes.
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