Lasso define el plan de acción para el sector minero de Ecuador
En un plazo de 100 días, el Ministerio de Energía debe impulsar la normativa sobre los procesos de consulta previa, libre e informada a pueblos y nacionalidades indígenas.
Vista de una planta de procesamiento en Tundayme (Ecuador) en la mina Cóndor-Mirador, en julio de 2019.
EFE.
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Este 5 de agosto de 202, el presidente de la República, Guillermo Lasso, expidió el plan de acción para el sector minero de Ecuador, a través del Decreto Ejecutivo No. 151.
El Ministerio de Energía será el principal encargado de ejecutar el plan.
Lasso asegura que el Estado será el generador y articulador de las políticas que impulsen el desarrollo del sector minero, la inversión nacional y extranjera y el incremento de las exportaciones.
Sobre todo, con la puesta en marcha de este plan, el Gobierno busca garantizar el marco de seguridad jurídica, donde se respete los derechos preexistentes como los contratos y derechos previamente suscritos entre las compañías mineras y el Estado ecuatoriano.
Otro de los objetivos es prevenir futuros contingentes.
También se dispuso la ejecución de una estrategia para la erradicación de la minería ilegal, así como sus impactos ambientales y sociales.
Además, en 100 días, el Gobierno debe impulsar la normativa sobre los procesos de consulta previa, libre e informada a los pueblos y nacionalidades indígenas, como requisito para las actividades mineras.
Lasso ordena que, en un plazo de dos meses, el Ministerio del Ambiente acelerará los trámites sobre la emisión de permisos ambientales y de agua, así como administrativos, que sirve de base para las actividades mineras en el país.
El decreto ordena al Ministerio de Energía para que se instruya a la Empresa Nacional Minera (Enami) para que facilite los acuerdos a fin de permitir la participación de inversionistas privados en los proyectos que están a su cargo.
Y, finalmente, Lasso también dispone que tras el plan de acción se realice la reapertura del catastro minero.
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