¿Desde cuándo subirá el ISD al 5% en Ecuador?
Con la entrada en vigencia de la Ley para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, además del IVA también subirá el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).
Imagen referencial. Transacción con una tarjeta de crédito.
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El Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) se incrementará del 3,5% al 5%, como lo establece la Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno, que fue publicada en el Registro Oficial el 12 de marzo de 2024.
El Servicio de Rentas Internas informó que la nueva tarifa del ISD se aplicará a partir del 1 de abril de 2024, de acuerdo con el artículo 11 del Código Tributario. Ese mismo día será el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La tarifa del ISD se aplica en todas las transferencias al exterior a través de medios bancarios, traslados de divisas por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos del país o envíos de divisas a través de empresas de Courier.
El Servicio de Rentas Internas recuerda a la ciudadanía que se mantienen en vigencia las exenciones:
- Tres salarios básicos (USD 1.380) en traslados fuera del país.
- Tres salarios básicos (USD 1.380) en transferencias de divisas por año.
- Hasta USD 5017,33 por pagos al exterior mediante tarjetas de crédito, entre otras, previstas en el artículo 159 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador.
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