¿Cuánto tiempo debe conservar las facturas electrónicas? Esto dice el SRI
El SRI también dio a conocer que los comprobantes electrónicos en su facturador tendrán las nuevas tarifas del IVA y el ISD desde abril de 2024.
Imagen referencial de una facturación.
SRI/Youtube
Autor:
Actualizada:
Compartir:
El Servicio de Rentas Internas (SRI) dio a conocer el tiempo durante el cual los contribuyentes deben guardar los comprobantes electrónicos, entre los que constan las facturas.
Otros comprobantes electrónicos son:
- Liquidaciones de compras de bienes y prestación de servicios
- Notas de crédito
- Notas de débito
- Comprobantes de retención
- Guías de remisión
"Un comprobante electrónico es un documento que cumple con los requisitos legales y reglamentarios exigibles para todos comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, garantizando la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido", explica el SRI.
Sobre el período en el que se debe guardar los comprobantes electrónicos, el SRI precisa: "El Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios, en su artículo 41, establece que los comprobantes electrónicos deberán conservarse por parte de los contribuyentes durante el plazo de siete años".
Agrega que "los contribuyentes autorizados a emitir e imprimir sus comprobantes de venta, documentos complementarios o comprobantes de retención por medios electrónicos, deberán mantener obligatoriamente el archivo magnético de todos esos documentos".
Además, el SRI recuerda que tiene una herramienta digital para consultar la validez de los comprobantes electrónicos. Aunque, reconoce que presenta "intermitencia en el acceso" a este servicio "debido a la alta demanda de descargas masivas de comprobantes".
La entidad justifica el problema en "un uso no adecuado generado con la utilización de programas o herramientas no autorizadas por esta Administración Tributaria, que hemos denominado robots".
Por eso, el SRI asegura que "se implementarán controles y bloqueos progresivos de accesos no permitidos para garantizar la disponibilidad a todos los contribuyentes de los servicios que garanticen el cumplimiento de los deberes formales, tales como recepción de las declaraciones de impuestos, emisión de comprobantes de venta desde el facturador".
Nuevas tarifas de IVA e ISD
El SRI también dio a conocer que los comprobantes electrónicos en su facturador desde abril de 2024 tendrán las nuevas tarifas de:
- Impuesto al Valor Agregado (IVA), de 15%
- Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), de 5%
Eso tras la publicación de la Ley para enfrentar el conflicto armado en el Registro Oficial.
"Antes de emitir tus facturas, verifica que la tarifa de IVA de tus productos y servicios sea la correcta", sostiene el SRI.
Compartir: