Espectáculos públicos con aforo superior a 2.000 personas pagarán IVA
El Gobierno alista un Decreto Ejecutivo con definiciones sobre los eventos artístico culturales que estarán libres de pagar el 12% del IVA. Los demás espectáculos públicos pagarán este tributo.
Imagen referencial del concierto del español Melendi en Quito, mayo de 2023.
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) alista un mecanismo para la aplicación del 12% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los espectáculos públicos en Ecuador, a casi un mes de que entrara en vigencia la última reforma tributaria del Gobierno de Guillermo Lasso.
Francisco Briones, director del SRI, adelantó a PRIMICIAS este 19 de julio de 2023 que, al momento, se prepara un Decreto Ejecutivo para la implementación de esta medida impositiva.
El Decreto servirá para establecer definiciones sobre los espectáculos públicos en Ecuador. De esta forma, aquellos que sean considerados artístico culturales no pagarán IVA. La primera condición será que tengan un aforo máximo de 2.000 personas.
"Se ha establecido que el aforo del evento sea de hasta 2.000 personas o boletos para poder ser considerados como eventos artísticos culturales".
Francisco Briones, SRI
Otro de los condicionamientos será que el artista a presentarse en un evento de este tipo conste en el Registro de Artistas y Gestores culturales (RUAC).
El funcionario explicó que "cualquier otro evento que no esté considerado dentro de ese grupo deberá pagar el 12% del IVA".
La última reforma tributaria del Gobierno entró en vigor el 20 de junio del 2023, mediante la figura de decreto-ley, llamado para el Fortalecimiento de la Economía Familiar. Fue el primero emitido por Lasso tras la disolución de la Asamblea y con eso el Ejecutivo redujo algunos impuestos que impuso, al iniciar su gestión en 2021, para la clase media.
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