Ejecutivo emite nuevo decreto para el cobro anticipado del impuesto a la renta
El Gobierno dispuso el cobro anticipado del impuesto a la renta, el 2 de septiembre de 2020.
Cortesía SRI
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La noche del 2 de septiembre, el Ejecutivo emitió un nuevo decreto para recaudar de forma anticipada el impuesto a la renta (IR) a los grandes contribuyentes.
En el artículo 1 del documento se explica que lo recaudado será utilizado para cubrir "los principales valores pendientes del sector salud". Además se usará en las necesidades sanitarias de la pandemia de Covid-19, como la compra de insumos médicos o equipos.
Según las cuentas presentadas en el decreto, el Estado necesita USD 154,7 millones para cubrir pagos pendientes.
Mientras que los requerimientos adicionales suman USD 265,2 millones.
Por otra parte, en el artículo 4 se indica qué tipo de contribuyentes tendrán que pagar el IR de manera anticipada. Los tres requisitos son:
- Las personas naturales o sociedades que obtengan ingresos gravados con IR, excepto los que provengan de trabajos en relaciones de dependencia.
- Quienes hayan percibido ingreso brutos en 2019 por un monto igual o superior a USD 5 millones.
- Quienes hayan obtenido utilidad en el periodo de enero a julio de 2020.
En tanto que el artículo 5 dispone que la cancelación del IR se realice hasta el 11 de septiembre de 2020 y no será sujeto a facilidades de pago.
Cifras del Servicio de Rentas Internas estiman que al menos 1.188 contribuyentes deberán anticipar el pago del IR.
Este es el segundo decreto que el Ejecutivo emite para poder cobrar el IR anticipadamente. El anterior fue eliminado por la Corte Constitucional en agosto. En aquel entonces se argumentó que no especificaba el destino exacto de los recursos que se obtendrán.
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