En tres meses empresas deben tener plan de desconexión del teletrabajo
Los empleadores tienen 90 días para implementar la política de desconexión en el teletrabajo, según el Ministerio de Trabajo.
Imagen referencial. Una persona teletrabajando el 17 de marzo de 2020.
Reuters
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Las empresas tienen 90 días para implementar una política de desconexión para los empleados que se encuentren en teletrabajo.
El plazo empezó a correr desde el 20 de enero, tras la publicación del Acuerdo del Ministerio de Trabajo 237, en el Registro Oficial.
En Ecuador hay 13.579 empresas con teletrabajadores y 163.807 contratos bajo esa modalidad, registrados en el Sistema Único de Trabajo, del Ministerio de Trabajo.
Y las mujeres son las que más teletrabajan en Ecuador, con una participación del 52% en los contratos registrados en el Ministerio.
Cómo debe ser el plan
La política de desconexión debe incluir al menos cuatro aspectos:
Capacitaciones
- Capacitación y educación sobre la jornada laboral y el derecho a la desconexión.
Requerimientos fuera del horario
- Lineamientos para supervisores sobre cómo realizar requerimientos cuando el teletrabajador esté fuera de la jornada regular, para evitar sobrecarga laboral.
Herramientas tecnológicas
- Directrices sobre el uso de las herramientas tecnológicas, como computadoras y celulares, para evitar que estas interrumpan el descanso laboral.
Atención de reclamos
- Un procedimiento interno para tramitar quejas en caso de irrespeto al derecho de desconexión.
Para Xavier Verdesoto, CEO de Nexos Talent, y el portal verempleos.com, estas nuevas directrices son positivas para la salud emocional y el bienestar del trabajador.
Además, el especialista en talento humano considera que esto ayudará a la eficiencia dentro de la jornada laboral. "Muchas empresas no son conscientes de esto y solo se enfocan en conseguir resultados".
Isabel (nombre protegido) labora en una empresa multinacional en modalidad de teletrabajo, desde que inició la pandemia, en marzo de 2020.
Ella dice que, a veces, se queda conectada una hora y media por fuera de su jornada laboral porque tiene actividades extra que cumplir, como reuniones. Pero no le pagan por ese tiempo adicional.
Incluso, al inicio de la pandemia, las jornadas fueron más largas. Isabel asegura que cuando asistía a la oficina, antes de la pandemia, el horario de trabajo estaba más delimitado.
Otros cambios
El Acuerdo Ministerial sobre el teletrabajo establece una desconexión de, al menos, 12 horas continuas, una vez culminada la jornada laboral.
Lo anterior no significa que el trabajador deberá laborar 12 horas diarias, sino que, terminada su jornada regular de ocho horas, puede ser contactado por la empresa hasta un límite de cuatro horas adicionales.
Sin embargo, no todos gozan del derecho a la desconexión. Las personas que cumplan funciones de dirección, confianza y manejo en la empresa sí podrán ser contactadas fuera del horario laboral. Entre ellos están gerentes y los directores de área.
Por otro lado, el Acuerdo aclara que Internet y la telefonía móvil son herramientas de trabajo y, por tanto, deben ser pagados al trabajador por fuera de su remuneración.
Además, hay un plazo de 30 días para que los empleadores registren los contratos bajo esta modalidad en el sistema del Ministerio de Trabajo.
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