Estos son los 12 puntos claves de la quinta reforma económica de Noboa
El presidente Noboa envió a la Asamblea el proyecto de ley orgánica para el fortalecimiento de las actividades turísticas y promoción de shows.
Turistas en la playa de Manta, Manabí, el 13 de febrero de 2024.
Municipio de Manta
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El presidente Daniel Noboa envió el 23 de febrero de 2024 a la Asamblea Nacional un proyecto de ley para el impulso de las actividades turísticas en Ecuador y la promoción de shows internacionales.
Es la quinta reforma legal que envía al Legislativo en los tres meses que va de su Gobierno y que se cumplen hoy.
El texto se compone de 20 artículos y dos disposiciones transitorias que reforman varias normas como la Ley de Turismo y el Código Monetario. Deberá ser tramitado en el plazo de 30 días por la Asamblea, ya que se trata de un proyecto económico urgente.
Entre las principales propuestas del proyecto están:
- 1
Aerolíneas no pagarán ISD
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La reducción al 0% del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para las aerolíneas. Ahora, el ISD tiene una tarifa de 3,5%, pero subirá al 5% desde el 1 de abril, una vez entre en vigencia la reforma tributaria para combatir el conflicto interno.
- 2
Promotores de conciertos no pagarán Impuesto a la Renta
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Los pagos al exterior que realicen los prestadores de servicios turísticos por servicios profesionales o artísticos (incluidos conciertos internacionales) serán deducibles y no pagarán Impuesto a la Renta, ni estarán sujetos a retención de la fuente. No se beneficiarán de esta medida quienes sean residentes fiscales en Ecuador. Un residente fiscal es aquella persona que ha permanecido en el país más de 183 días, que viviendo en el exterior, la mayor fuente de sus ingresos la haya obtenido en Ecuador o que su núcleo familiar viva en el país. Tampoco se beneficiarán de esta exención tributaria cuando quien perciba el ingreso de la actividad artística sea residente en paraísos fiscales.
- 3
Promover el refinanciamiento de deudas
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El proyecto de reforma dice que los bancos y cooperativas generarán procesos y condiciones especiales para refinanciar préstamos de operadores turísticos registrados ante la Autoridad Nacional de Turismo, no hayan podido pagarlos. Los casos que se tendrán en cuenta serán negocios turísticos afectados por fenómenos naturales, sociales, políticos o económicos, incluyéndose las declaratorias de estados de excepción.
- 4
Beneficios en pagos de impuestos municipales
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Además de acceder a la exoneración del Impuesto a la Renta por nuevas inversiones por siete años, de lo cual ya son beneficiarios, la reforma legal plantea que los municipios podrán exonerar a estos negocios de todos los impuestos, tasas y contribuciones municipales por siete años. Además, los municipios y prefecturas podrán establecer incentivos adicionales para el sector turístico como incentivos para las nuevas inversiones en facilidades para el turismo, rescate de bienes culturales o naturales.
- 5
Seguridad vial para el turista
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La reforma plantea que todo transporte público deberá contar con un sistema digital y/o satelital de seguimiento y control para la seguridad de los pasajeros. Ese sistema será costeado por el dueño del título habilitante. Estos sistemas estarán interoperados con el sistema de seguridad del ECU 911.
- 6
Regulación al transporte turístico
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La Ley norma el desarrollo de actividades de transporte turístico y establece algunos parámetros para ejercer la actividad como: 1. La libre competencia de esta modalidad. 2. La concesión u otorgamiento de permisos de operación o aumento de unidades no estará limitada ni sujeta a estudios técnico. 3. Se establece la modalidad de Guía conductor. Es la persona acreditada por la Autoridad Nacional de Turismo para brindar el servicio de guía turística y que puede conducir un vehículo para movilizar hasta cuatro turistas o excursionistas nacionales o extranjeros. Y lo podrán hacer siempre que sean turistas que se encuentren visitando el Ecuador utilizando los servicios de una agencia operadora de turismo legalmente registrada. Podrán tener esta acreditación los guías de turismo, guías de aventura y guías en patrimonio. Además, se establece que el servicio de transporte provisto por los establecimientos de alojamiento bajo la modalidad de transfer o traslado entre el aeropuerto
- 7
Turismo en áreas protegidas
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La Autoridad Ambiental Nacional y la Autoridad Nacional de Turismo elaborarán un inventario de sitios y un listado de proyectos turísticos que puedan realizarse en Áreas Protegidas y la inversión necesaria que se debe dar. Además, la reforma propone que sea posible la instalación y funcionamiento de esos proyectos, por parte de un tercero, en esas áreas sensibles, sin que eso signifique de ninguna manera enajenación del patrimonio nacional. Dicha autorización puede abarcar una o varias áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. El mecanismo para aprobar esas autorizaciones de actividades turísticas en las Áreas Protegidas se definirá en el reglamento.
- 8
Abaratan combustibles para aerolíneas
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El proyecto de ley plantea eliminar progresivamente el pago del 5% que hoy pesa sobre el valor de cada galón de combustible y lubricantes de aviación que se expende en el país para el uso de toda aeronave en servicio comercial internacional. Ese valor ahora es depositado en las cuentas del Estado. La propuesta es reducir ese valor, un punto por año, hasta alcanzar 0%.
- 9
Mipymes podrán pagar a plazos Impuesto a la Renta
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Los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Turismo, que sean micro, pequeñas y medianas empresas, podrán diferir el pago del Impuesto a la Renta del ejercicio económico 2024. Ese diferimiento no generará el pago de intereses ni multas. Se podrá diferir el pago de este tributo hasta por 24 meses, de conformidad con los requisitos que se establecerán en el Reglamento emitido para el efecto.
- 10
Nuevo perdón de intereses para morosos tributarios del área turística
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Los contribuyentes inscritos en el Registro Nacional de Turismo y que no hayan podido cumplir con sus obligaciones tributarias con el Servicio de Rentas Internas (SRI) hasta el período fiscal 2023, podrán acceder a facilidades de pago. Los acuerdos de pago serán por un máximo de 24 meses. Se podrá presentar la solicitud del beneficio hasta el 31 de diciembre de 2024 y no será necesario abonar la cuota inicial del 25% del capital de la deuda. Quienes se acojan no pagarán intereses, multas y recargos que se hayan generado, siempre que el contribuyente cumpla puntualmente con el pago de las cuotas.
- 11
IESS deberá dar plazo a empleadores morosos
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Los contribuyentes del Registro Nacional de Turismo y que no hayan podido cumplir con sus obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) podrán acceder a facilidades de pago. Esos acuerdos de pago podrán ser de hasta de 24 meses y tendrán que presentar la solicitud hasta el 31 de diciembre del 2024. No será necesario abonar la cuota inicial prevista para acceder a acuerdos de pago o convenios de purga de mora ante el IESS. Además, el proyecto de ley exime la responsabilidad patronal a quienes se acojan a este artículo.
- 12
Tarifas especiales por derechos de propiedad intelectual
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La reforma legal incluye a las actividades servicios dentro de los sectores que tienen un régimen de tarifas especiales para el pago de derechos de propiedad intelectual.
Un registro nacional de turismo para que micro, medianas y pequeñas empresas puedan diferir el pago del impuesto a la renta del 2024.
Para más detalles abra este documento:
Este es el quinto proyecto de ley urgente del Gobierno de Noboa, desde que arrancó su mandato el 23 de noviembre de 2023.
Una de las más sensibles es la Ley para el financiamiento a la lucha contra la inseguridad que entrará en vigor en abril próximo, después de que la Asamblea no logró aprobar ni negar el proyecto. Eso llevará al incremento del IVA del 12 hasta el 15%.
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