Los contribuyentes Rimpe ya no tendrán retenciones en la fuente
El SRI emitió una circular en la que elimina las retenciones en la fuente de impuesto a la renta e IVA para las personas que consten dentro del régimen RIMPE, de negocios populares.
Imagen referencial de uso de tarjetas de débito.
Reuters
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El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, emitió este 19 de julio una circular con la cual elimina las retenciones en la fuente para las personas que consten dentro del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).
De acuerdo con esta circular, en los pagos efectuados a los contribuyentes Rimpe categorizados como negocios populares, no se realizará retenciones en la fuente del impuesto a la renta.
Tampoco se realizará retenciones en la fuente del Impuesto al Valor Agregado (IVA), al encontrarse gravadas con tarifa 0% las transferencias de dominio de bienes muebles de naturaleza corporal, derechos y la prestación de servicios efectuados por tales sujetos pasivos.
En los pagos efectuados a contribuyentes categorizados como emprendedores, no habrá retenciones cuando estos se realicen a través de tarjetas de crédito, débito, convenios de recaudación o de débito, u otros medios electrónicos de pago. En las otras formas de pago, sí habrá retenciones de acuerdo a los porcentajes establecidos por el SRI.
Estas reformas en el régimen RIMPE se suman a las aprobadas con la última reforma tributaria, que entró en vigencia el pasado 20 de junio. Esta aplicó nuevas tarifas de impuestos para los negocios populares.
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