Solo personas con ingresos mensuales de USD 38 pueden ser registradas como cargas familiares
Los contribuyentes podrán presentar un anexo sustitutivo para registrar a las cargas familiares que en 2023 cumplieron con esa condición y así acceder a la rebaja del Impuesto a la Renta.
Ventanilla de atención al público del SRI, Plataforma Financiera de Quito, 29 de febrero de 2024.
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Las personas que perciban ingresos gravados que no superen el salario básico unificado en todo el año (USD 450 en 2024) se podrán considerar como cargas familiares para acceder a la rebaja del Impuesto a la Renta.
Así consta en el Reglamento a la Ley de Competitividad Energética, publicado en el Registro Oficial el 28 de febrero de 2024.
Hasta ahora, solo se consideraba como cargas familiares a los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años o con discapacidad de cualquier edad que dependan del contribuyente y que no perciban ingresos gravados.
Con este cambio, los contribuyentes que deben declarar Impuesto a la Renta podrán registrar como cargas familiares a quienes perciban hasta USD 38,33 mensuales como ingresos gravados.
Eso permite incluir, por ejemplo, a quienes tienen pólizas de ahorro y reciben una mínima cantidad mensual de dinero.
¿Qué pasa si no incluí una carga familiar en 2023?
Desde el 1 de marzo del 2024, las personas que tengan cargas familiares no consideradas en el anexo original, cuyo ingreso gravado en el año 2023 fue menor a USD 450, podrán presentar su anexo sustitutivo.
Ahí deben registrar las cargas que cumplen con esta condición y deben presentar la declaración sustitutiva de impuesto a la renta a partir del 8 de marzo del 2024, de ser el caso, informó el Servicio de Rentas Internas.
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