Superintendencia detecta "barreras" para importar zapatos deportivos
La Superintendencia de Competencia Económica pide revisar trámites engorrosos que impiden el ingreso al mercado ecuatoriano de zapatos deportivos especializados.
Tienda de Adidas en Nueva York, el 25 de octubre de 2022.
AFP
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En Ecuador, los zapatos deportivos especializados pagan cero aranceles a partir del 12 de agosto de 2019, pero hay barreras que impiden que el consumidor aproveche este beneficio.
La Superintendencia de Competencia Económica, a través de su Dirección Nacional de Promoción de la Competencia, emitió un informe que alerta de barreras para la entrada de zapatos deportivos especializados al mercado ecuatoriano.
Las barreras
El organismo de control observa específicamente el Acuerdo 586 del Ministerio del Deporte, que establece el proceso para obtener el certificado para la importación de calzado e implementos deportivos especializados.
El Ministerio estableció como requisito para la importación de estos productos una Declaración Aduanera de Importación (DAI) al menos dos años anterior a la fecha de postulación
para calificarse e importar de calzado deportivo e implementos especializados.
La Superintendencia considera que ese requisito no solo que no sería indispensable, sino que es una exigencia innecesaria para la competencia.
Y añade que limita que los consumidores puedan acceder al beneficio de la eliminación de impuestos al comercio exterior sobre estos artículos.
"Los operadores que no cuenten con esa mínima vigencia estarían limitados de
obtener el Certificado, y por ende, de participar en el mercado, lo cual sería contrario al Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones", dice el organismo.
Ministerio fue más allá de sus competencias
Además, consideró que el Ministerio del Deporte excedió sus competencias al ser esta entidad la encargada de recibir y procesar la importación de calzado especializado.
Estos trámites, como todo lo relacionado con comercio exterior, tenían que haberse hecho a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE).
¿Qué hacer?
La Superintendencia recomendó mantener el requisito de la DAI, pero sin exigir que tenga dos años de vigencia anterior a la solicitud del permiso de importación.
Y, la entidad instó al presidente Guillermo Lasso a que revise esta normativa.
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