Asamblea limita a Finanzas el 'control' de las instituciones del Estado
La Comisión de Régimen Económico aprobó, el 9 de mayo, el informe para segundo debate del proyecto de Ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas.
La legisladora de SUMA, Gabriela Larreátegui, durante su exposición en la sesión en la Comisión de Régimen Económico la tarde del 9 de mayo.
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En casi en todos los artículos del proyecto de ley para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas, la Comisión de Régimen Económico estableció límites al Ministerio de Finanzas para que no afecte la independencia de las entidades del Estado a la hora de manejar sus presupuestos.
Esa fue una de las mayores observaciones que tuvo el proyecto de ley en la Asamblea. La comisión aprobó el informe para segundo debate del proyecto de ley, este 9 de mayo.
El proyecto, que es parte de dos leyes urgentes para hacer frente a la crisis económica del país, fue aprobado con 8 votos a favor y cinco votos en contra.
Pese a esta modificación, la propuesta del Ejecutivo mantiene algunos elementos clave para el manejo fiscal: un seguro petrolero y minero, la creación de un Fondo de Estabilización y nuevos límites para modificar el presupuesto general del Estado.
A continuación, PRIMICIAS presenta los principales cambios que tiene el informe para segundo debate del texto original, enviando por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional, el pasado 16 de abril.
Autonomía
La propuesta original entregaba facultades al Ministerio de Finanzas para fijar techos presupuestarios y establecer controles para su cumplimiento a casi todas las instituciones del Estado.
Esto ya no va más.
El texto aprobado para segundo debate establece que se respetará -en todo momento- las competencias definidas por la Constitución.
Además, garantiza por ejemplo la autonomía de:
- Los gobiernos seccionales
- Las entidades de la Seguridad Social
- El Banco Central
- El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS).
El proyecto define que los "fondos de los gobiernos seccionales y de la Seguridad Social son propios de cada institución y distintos de los del Gobierno Central, es decir, no son parte del Presupuesto General del Estado".
Y agrega que el Gobierno Central no puede intervenir o disponer de dichos fondos. El proyecto deja por sentado que las entidades, como el IESS, deben definir sus propios presupuestos.
Los legisladores del Partido Social Cristiano (PSC) y los correístas, como Lira Villalva, creen que la propuesta de ley sigue siendo inconstitucional porque sigue vulnerando la autonomía.
Villalva dijo que artículos como el 292 y 293 de la Constitución de 2008 ya establece la autonomía presupuestaria y que es inconstitucional clasificar al IESS, por ejemplo, como una institución del sector público no financiero.
Pese a que en el informe para segundo debate se establece que se respetará la independencia de funciones.
Políticas de planificación
La propuesta original del Ejecutivo planteaba que el Ministerio de Finanzas sea el encargado de emitir las políticas de planificación nacional.
La Comisión le quitó esa posibilidad. Ahora, la propuesta señala que Planifica Ecuador junto con el Ministerio de Finanzas establecerán las orientaciones de políticas con miras a un crecimiento sostenible.
Límites para modificar el presupuesto
La Comisión mantiene la propuesta para limitar la discrecionalidad del Ministerio de Finanzas al modificar el Presupuesto aprobado por la Asamblea.
Según la norma vigente, el Ejecutivo puede incrementar el presupuesto hasta en un 15%. La nueva propuesta es bajar ese porcentaje hasta un 5% cada año.
Riesgos fiscales
La mesa legislativa mantiene la propuesta original para establecer una "política de prevención, mitigación y gestión de riesgos fiscales" con cobertura del sector público no financiero.
Los riesgos son los factores o eventos imprevistos que pueden hacer que los ingresos, los gastos, el financiamiento, los activos y los pasivos se desvíen de las previsiones de la programación fiscal, según la propuesta.
Con esta aclaración, se ordena que todas las instituciones y entidades que conforman el Presupuesto General del Estado, así como los gobiernos seccionales, la Seguridad Social, la banca pública, las empresas públicas, y otras entidades, deberán realizar sus propios documentos de política de mitigación y gestión de riesgos fiscales.
El texto deja por sentado que el Gobierno Central no puede usar los recursos de los gobiernos seccionales y de la Seguridad Social para mitigar los riesgos fiscales.
El Ministerio de Finanzas deberá incluir en la proforma presupuestaria de cada año una asignación en el gasto para atender dichas contingencias.
Esta asignación no podrá ser superior al 3% del gasto total del Presupuesto General del Estado, siempre y cuando esta asignación no afecte a sectores prioritarios.
Seguro petrolero y minero y Fondo de Estabilización
La Comisión de Régimen Económico mantiene la propuesta del Gobierno para que Ecuador cuente con un “seguro petrolero y minero” para protegerse de las fluctuaciones de los precios del crudo y de los minerales.
El proyecto también contempla la creación de un Fondo de Estabilización, que será financiado por los excedentes de la explotación y comercialización de recursos no renovables.
El fondo, según la propuesta, permite garantizar la estabilidad económica, la sostenibilidad de las cuentas públicas y la capacidad de la ejecución de egresos en educación y salud.
Además, se deja por sentado que el Fondo de Estabilización iniciará su proceso de acumulación "a partir de que se haya alcanzado el cumplimiento de la regla de deuda y otras obligaciones".
El Comité de Coordinación Fiscal
El proyecto original planteaba la creación de un Comité Nacional de Coordinación Fiscal, que se encargará de establecer metas fiscales.
El Ejecutivo había planteado que el Comité fuera integrado por siete miembros. Pero ahora se propone que sean 11, distribuidos de la siguiente manera:
- Un representante del Presidente de la República (Ministerio de Finanzas)
- Un representante del ente rector de Planifica Ecuador.
- Un representante del Banco Central.
- Un representante de los Municipios.
- Un representante de las Prefecturas.
- Un representante de las Parroquias.
- Un representante de cada una de las Entidades de la Seguridad Social (IESS, ISSFA e ISSPOL).
- Un representante de las Empresas Públicas.
- Un representante de la Asamblea Nacional.
Según el proyecto, cada miembro tendrá derecho a voz y a voto y el funcionamiento del Comité será establecido mediante el reglamento a esta ley.
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