¿Cómo se controlará el uso de celulares al momento de votar en la segunda vuelta electoral de Ecuador?
Los miembros de las Juntas Receptoras del Voto tienen la obligación de vigilar que las votaciones se realicen con normalidad. ¿Qué podrán hacer sobre la prohibición de tomar fotos al voto?

Montaje de un celular y un voto colocado dentro de una urna.
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PRIMICIAS
Autor:
Redacción Primicias
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Los miembros de las Juntas Receptoras de Voto (JRV) tienen entre sus obligaciones vigilar que las votaciones se realicen con normalidad. Por ejemplo, controlan que nadie se lleve una papeleta de votación. Pero, para la segunda vuelta electoral de este 13 de abril y en un hecho inédito en Ecuador, está previsto que también detecten a los ciudadanos que saquen su celular y tomen una fotografía de su voto o que pretendan tomarse una selfie mientras sufragan.
Por disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE), para esta segunda vuelta electoral está prohibido tomar una foto de la papeleta con celular o cámara, y también están prohibidas las selfies durante el sufragio. Hacerlo cae desde ahora en una infracción electoral que puede costar a infractor una multa entre USD 9.870 y 32.900.
Sin embargo, los miembros de las Juntas Receptoras también tienen límites para esta tarea específica, como se consigna en las capacitaciones que reciben los integrantes de mesa para esta segunda vuelta electoral.
¿Cuál es la prohibicióne exacta de los celulares?
Lo único prohibido por el CNE en este ámbito es tomar la foto de la papeleta al momento de votar. Por eso, la restricción de llevar el celular en la mano para los ciudadanos comenzará cuando se reciba la papeleta electoral y terminará al momento de depositarla en la urna.
Una vez que el ciudadano entregue la cédula o el pasaporte, el secretario de la mesa le dirá: “Recuerde que no puede tomar fotografías de su voto con ningún aparato electrónico”.
Los ciudadanos pueden tener su celular en la mano mientras hace fila para votar, y pueden usarlo apenas reciban su certificado de votación.
¿Que harán los miembros de las Juntas Receptoras de Voto?
Por supuesto, puede darse el caso de que alguien se sienta tentado, saque el celular y tome la fotografía de su papeleta. Si eso ocurre, los miembros de las Juntas Receptoras de Voto no podrán hacer lo siguiente:
- Odenar al infractor que borre la foto.
- Pedir al infractor que entregue su celular.
- Impedir votar al infractor.
- Negar al infractor el certificado de votación.
- Retener la cédula de identidad o pasaporte del infractor.
Lo que pasará será que el secretario de la Junta Receptora reportará la infracción al coordinador electoral, mediante una boleta de 'Presunto cometimiento de infracción electoral'. El coordinador enviará esa boleta a la Delegación Provincial Electoral, para el respectivo proceso.
El infractor debe recibir la copia de esa boleta y tendrá derecho a apelar en los siguientes días.
Ante la posibilidad de incidentes provocados por un infractor molesto por la boleta, los miembros de la Junta Receptora de Voto podrán pedir asistencia a los militares para poner orden.
La fuerza pública no podrá obligar al infractor a entregar su celular y tampoco deberá impedir su derecho al voto.
¿Y los celulares de los miembros de mesa?
Los miembros de las Juntas Receptoras de Voto sí podrán contar con sus celulares a lo largo de la jornada de votaciones, pero a las 17:00 deberán guardarlos.
El secretario de la mesa sí podrá usar su celular al momento de realizar las operaciones matemáticas para registrar las votaciones en las actas. El resto de miembros no podrá usar los teléfonos hasta el final de su trabajo.
Además, se mantiene vigente la recomendación para los miembros de las Juntas Receptoras de Voto de no acudir a los recintos electorales con computadores o tablets.
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