Esta es la sanción por suplantar la identidad de una persona para votar
Durante las elecciones presidenciales de este domingo 13 de abril de 2025, la Policía Nacional ha detenido a varias personas por suplantación de identidad para votar.

Una persona introduce su voto en una caja del CNE, tras ejercer su derecho al voto en un recinto electoral en Cuenca, este 13 de abril de 2025.
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Boris Romoleroux/API
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Redacción Primicias
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La suplantación de identidad para votar es una de las irregularidades que se han detectado en las Juntas Receptoras del Voto, durante la jornada electoral de este 13 de abril de 2025, en la segunda vuelta electoral de las presidenciales en Ecuador.
De hecho, el Ministerio del Interior ha informado sobre varias aprehensiones en distintas provincias del país, por presunta suplantación de identidad o 'falso sufragio', catalogado como un delito de participación, en el Código Orgánico de Integral Penal (COIP).
Por ejemplo, en la Unidad Educativa Hispanoamérica de Esmeraldas, la Policía Nacional aprehendió a un vocal de mesa que intentó suplantar la identidad de su hermano para votar. El hecho fue detectado a tiempo y no se permitió el sufragio.
De igual manera, en la Unidad Educativa Eugenia Durán Ballén, en Manabí, fue aprehendida una ciudadana que intentó sufragar suplantando la identidad de otra persona. También hubo un caso en la en la Unidad Educativa CEB Cesáreo Carrera Andrade, en Santa Elena.
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¿Cuál es la sanción por falso sufragio?
Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la suplantación de identidad es considerada un delito de 'falso sufragio', sancionado con privación de libertad.
"La persona que se presente a votar con nombre supuesto o que vote en dos o más juntas receptoras del voto será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años", señala el artículo 333 de la norma, sobre el 'falso sufragio'.
Además, según el artículo 335 del COIP, la persona pierde todos sus derechos de participación por seis meses.
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