TCE archiva reclamo a la prohibición de usar el celular en la segunda vuelta electoral de Ecuador
El Consejo Nacional Electoral tomó esta decisión con base a informes de inteligencia de Policía y Fuerzas Armadas. Aún están pendientes de resolver dos recursos contra esta decisión electoral.

Fachada del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) del viernes 21 de marzo de 2025.
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PRIMICIAS.
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Cuando falta algo más de dos semanas para la segunda vuelta electoral en Ecuador, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó el recurso con el que se buscaba echar abajo la decisión de prohibir el uso del celular durante las votaciones el 13 de abril próximo.
La decisión fue adoptada el miércoles 26 de marzo por Joaquín Viteri, quien fue asignado como juez ponente de la causa que se oponía a la resolución adoptada por el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE).
¿Qué motivo la decisión del juez Viteri? Al proponente del recurso subjetivo contencioso electoral, identificado como Manuel Vite Mariscal, se le otorgó un tiempo de dos días para que "aclare y complete" su solicitud.
El plazo empezó a correr desde el 18 de marzo, pero el secretario del TCE notificó que hasta el 24 de marzo no ingresó ningún escrito adicional. La normativa de esta instancia electoral dispone el archivo en estos casos.
Decisión del CNE
La resolución fue adoptada por el CNE el 13 de marzo. Se basó en informes de inteligencia de la Policía y Fuerzas Armadas de casos en los que los votantes habrían acudido a votar, en primera vuelta, presionados por grupos delictivos.
La resolución del CNE tiene como objetivo principal evitar que los ciudadanos tomen fotos a la papeleta de votación al momento del sufragio.
Esta fue impugnada a nivel del Consejo Nacional Electoral por la alianza Revolución Ciudadana (RC)- RETO, que se opone a la medida. Quienes incumplan podrían pagar multas que van desde los USD 9.870 hasta USD 32.900.
La presidenta del CNE, Diana Atamaint, señaló el 17 de marzo que esperarían el fallo que emita el TCE, con base a un informe jurídico, para hacerlo extensivo y aplicarlo al reclamo del correísmo.
Pero una vez que, el caso fue archivado por falta de documentación que permita seguir con el trámite, el pleno del Consejo Electoral debería retomar el tema y elaborar su propia informe legal y responder la impugnación.
También, existe un reclamo presentado en la Corte Constitucional que fue admitido a trámite. Sin embargo, no se dio paso al pedido de suspender los efectos de la medida, mientras se resuelve si es o no constitucional.
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