Este 31 de julio de 2024 es el último día para acogerse a la remisión tributaria del SRI
El Servicio de Rentas Internas (SRI) aclaró el 23 de julio de 2024 que no habrá prórroga para acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos en el pago de deudas tributarias.
Una funcionaria del SRI entrega información sobre la remisión tributaria a locales comerciales en Guaranda, provincia de Bolívar. Imagen referencial.
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SRI / X
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Los contribuyentes en mora en el pago de impuestos con el Servicio de Rentas Internas (SRI) tienen plazo hasta este 31 de julio de 2024 para acogerse a la remisión de intereses, multas y recargos.
"No existirá prórroga de la remisión", aclaró la administración tributaria en un comunicado difundido el 23 de julio de 2024.
La remisión está contemplada en la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo (diciembre, 2023). El beneficio aplica para obligaciones tributarias pendientes de pago, generadas hasta el 31 de diciembre de 2023, con excepción del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2023.
Estas son las obligaciones sobre las que los contribuyentes pueden acogerse:
- Deudas en firmas.
- Deudas en procesos de impugnación administrativa o judicial, sin que sea necesario desistir de los mismos.
- Presentación de declaraciones omisas o sustitutivas.
- Pago de impuestos vehiculares.
- Obligaciones tributarias acordadas en actas de mediación y procedimientos de ejecución coactiva.
El SRI aclaró que el pago del capital es "suficiente" para acogerse a la remisión. "No se requiere que el SRI emita un acto de aceptación para acceder a la misma", dice la entidad.
En esta remisión, los contribuyentes pueden acogerse por todo el monto del capital adeudado o una parte de la deuda.
Hasta el 23 de julio, el SRI había recaudado cerca de USD 350 millones con esta medida. La meta inicial era de USD 700 millones, aunque luego la entidad bajó su estimación a USD 390 millones.
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